Federal
> Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Tractores Y Maquinaria De Morelia, Sa De Cv
Demandado: Juzgado Segundo Civil De Primera Instancia Del Distrito Judicial De El Oro, Con Residencia En Atlacomulco, Estado De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo
RESUMEN: El Expediente 304/2015 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Tractores Y Maquinaria De Morelia, Sa De Cv en contra de Juzgado Segundo Civil De Primera Instancia Del Distrito Judicial De El Oro, Con Residencia En Atlacomulco, Estado De México en el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 17 de Abril del 2015 y cuenta con 24 Notificaciones.
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A sus autos el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad responsable acusa recibo del diverso
A sus autos el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad responsable acusa recibo del diverso 7450 con el que se le remitió testimonio de la sentencia dictada en este juicio, así como los anexos ahí descritos. Ahora bien, toda vez que este expediente se encuentra debidamente integrado, sin faltar constancias de notificación o alguna otra, archívese como asunto concluido, previas las anotaciones de ley en el libro respectivo. Comuníquese tal determinación a la autoridad responsable. Por ello, en acatamiento al Acuerdo General Conjunto número 2/2009, de los Plenos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la transferencia, digitalización, depuración y destrucción de los expedientes generados en los Tribunales Colegiados de Circuito, específicamente en los puntos de acuerdo decimoprimero, vigésimo y vigesimoprimero, se concluye que este expediente es susceptible de ser DESTRUIBLE, pues no contiene relevancia documental ni documentos originales.
SE DECLARA QUE LA EJECUTORIA DE AMPARO HA CAUSADO ESTADO. ASIMISMO, SE SOLICITA A LA AUTORIDAD RESPO
SE DECLARA QUE LA EJECUTORIA DE AMPARO HA CAUSADO ESTADO. ASIMISMO, SE SOLICITA A LA AUTORIDAD RESPONSABLE ASCUSE DE RECIBIDO EL OFICIO 7450.
NIEGA.
NIEGA.
EL PRESENTE ASUNTO SE VERÁ EN LA PRIMERA PARTE DE LA SESIÓN ORDINARIA DE DIECINUEVE DE AGOSTO DE DOS
EL PRESENTE ASUNTO SE VERÁ EN LA PRIMERA PARTE DE LA SESIÓN ORDINARIA DE DIECINUEVE DE AGOSTO DE DOS
EL PRESENTE ASUNTO SE VERÁ EN LA PRIMERA PARTE DE LA SESIÓN ORDINARIA DE DIECINUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL QUINCE Y SIGUIENTES; HORA DE INICIO A PARTIR DE LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS.
RETIRADO.
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