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Sucesión De José Soto Aguilar Y Otros. | Primera Sala Civil Exp: 818/2019

Federal > Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Sucesión De José Soto Aguilar Y Otros.
Demandado: Primera Sala Civil De Toluca Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De México
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 818/2019 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Sucesión De José Soto Aguilar Y Otro en contra de Primera Sala Civil De Toluca Del Tribunal Superior De Justicia Del Estado De Méxicoen el Primer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 30 de Octubre del 2019 y cuenta con 13 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 818/2019

  • 13 de Marzo del 2020

    Se ordena su archivo como concluido, previas anotaciones de ley. Por ello, ... se concluye que este expediente es susceptible de ser DEPURABLE

  • 13 de Marzo del 2020

    Se ordena su archivo como concluido, previas anotaciones de ley. Por ello, ... se concluye que este expediente es susceptible de ser DEPURABLE

  • 28 de Febrero del 2020

    A sus autos el oficio de cuenta, mediante el cual la autoridad responsable acusa recibo del diverso oficio con el que se remitió testimonio de la sentencia dictada en este juicio, así como los anexos ahí descritos. Atendiendo al estado de autos, toda vez que se encuentra transcurriendo el término establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo, en el momento procesal oportuno dese nueva cuenta para proveer lo conducente.

  • 27 de Febrero del 2020

    Agréguese a sus antecedentes el escrito de cuenta, con fundamento en el artículo 278 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, expídanse a costa de la tercera interesada las copias certificadas y simples que solicita; mismas que pueden ser recibidas por cualquiera de las personas autorizadas para ello, previa su identificación y recibo que otorguen en autos.

  • 21 de Febrero del 2020

    ÚNICO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE

  • 13 de Febrero del 2020

    EL PRESENTE ASUNTO SE VERÁ EN LA SESIÓN ORDINARIA DE DIECINUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE Y SIGUIENTES, EN AUDIENCIA PÚBLICA, A PARTIR DE LAS ONCE HORAS.

  • 12 de Febrero del 2020

    Dígasele a la tercera interesada que una vez que las cargas de trabajo de este órgano colegiado lo permitan, se dictará la sentencia respectiva.

  • 10 de Enero del 2020

    se hace del conocimiento de las partes que a partir del próximo dieciséis de enero de este año, el Pleno de este órgano jurisdiccional estará integrado por los magistrados Gabriela Elena Ortiz González, Jacinto Juárez Rosas y Willy Earl Vega Ramírez. Por último, atendiendo al estado de autos, como el presente expediente se encuentra turnado a la ponencia del suscrito, con motivo de lo expresado en el párrafo que antecede, se returna el mismo a la magistrada Gabriela Elena Ortiz González, para que una vez que se encuentre integrada a este tribunal, formule el proyecto de resolución respectivo.

  • 28 de Noviembre del 2019

    Túrnese el expediente al suscrito, para formular el proyecto de resolución.

  • 25 de Noviembre del 2019

    Agréguese a sus antecedentes el escrito de cuenta, visto su contenido y atendiendo al estado procesal del asunto dígasele a la tercera interesada que está transcurriendo el término que establece el artículo 181 de la Ley de Amparo, por lo que una vez que fenezca y las actividades de este órgano colegiado lo permitan, se turnará el presente asunto al magistrado que por turno le corresponda, a fin de formular el proyecto de resolución respectivo, de acuerdo a las cargas de trabajo.

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