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Servicio De Administración Tributaria . | Quinta Sala Del Exp: 972/2024

Federal > Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En El Distrito Federal de Primer Circuito
Actor: Servicio De Administración Tributaria .
Demandado: Quinta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 972/2024 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Servicio De Administración Tributaria en contra de Quinta Sala Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En El Distrito Federal en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 12 de Abril del 2024 y cuenta con 5 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 972/2024

  • 05 de Junio del 2024

    Actor: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA .

    Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .

    Ha causado estado la sentencia de nueve de mayo de dos mil veinticuatro, en la que este órgano jurisdiccional sobreseyó en el juicio Comuníquese lo anterior a la autoridad señalada como responsable y archívese el presente expediente como asunto concluido Tomando en consideración que, en la sentencia dictada en este expediente, se sobreseyó en el juicio, este se clasifica como DESTRUIBLE EN UN PLAZO DE TRES AÑOS

  • 10 de Mayo del 2024

    Actor: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA .

    Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .

    R E S U E L V E: ÚNICO. Se SOBRESEE en el juicio de amparo promovido por la parte quejosa.

  • 06 de Mayo del 2024

    Actor: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA .

    Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .

    Agréguese el informe justificado rendido por el Magistrado Presidente de la **** Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, a nombre de dicho órgano colegiado, al que acompaña copia certificada de la audiencia de veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés, relativa al expediente laboral ****; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional. Asimismo, se le tiene designando como delegados, a las personas que menciona.

  • 23 de Abril del 2024

    Actor: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA .

    Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .

    Agréguese la razón actuarial que antecede, en la que la fedataria pública de la adscripción manifiesta la imposibilidad que tuvo para emplazar al tercero interesado; en atención a los motivos que aduce; en consecuencia, se reserva acordar lo conducente en la audiencia constitucional.

  • 12 de Abril del 2024

    Actor: SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA .

    Demandado: QUINTA SALA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE .

    SE ADMITE a trámite la demanda. Dese la intervención que legalmente compete al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este órgano jurisdiccional. Sin tramitar incidente de suspensión por no haberse solicitado. Pídase a la autoridad responsable su informe con justificación, que deberá rendir en un plazo de quince días Por otra parte, en relación a la solicitud de la parte quejosa, consistente en requerir a la autoridad responsable para que remita las constancias que indica, deberá estar a lo ordenado en el párrafo que antecede. Se fijan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL NUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para la celebración de la audiencia constitucional. Tiene el carácter de tercera interesada la que indica en la demanda. Por otro lado, respecto a que se reconozca con el carácter de apoderados a los profesionistas que menciona, una vez que los mismos promuevan, se acordará lo conducente; mientras tanto, téngase como autorizados a las personas que indica, en términos de la Ley de Amparo. Toda vez que la parte promovente proporcionó nombres de usuarios ****, se le autoriza la consulta del presente expediente vía internet (expediente electrónico); por tanto, háganse los trámites correspondientes en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E). Se tiene a la parte quejosa, proporcionando una dirección de correo electrónico y dos número telefónicos, para que, de estimarse necesario, se establezca el contacto respectivo. También, se comunica a las partes que podrán solicitar que se les practiquen las notificaciones personales vía electrónica; además, se les exhorta para que, de estimarlo pertinente, continúen la tramitación del presente asunto mediante el esquema de "juicio en línea", a través del Portal de Servicios en Línea desarrollado y aprobado por el Consejo de la Judicatura Federal, ingresando para tal efecto a la liga https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/Home/Ayuda. Hágase del conocimiento de las partes, que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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