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Sergio Alva Martínez Y/o Alva. | Junta Especial "a" De La Local Exp: 734/2024

Federal > Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México de Primer Circuito
Actor: Sergio Alva Martínez Y/o Sergio Martínez Alva. | Sergio Martínez Alva.
Demandado: Junta Especial "a" De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México, Antes Junta Especial Número Uno De Esa Local .
Materia: Laboral
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 734/2024 en Materia Laboral y de tipo Principal fue promovido por Sergio Alva Martínez Y/O Sergio Martínez Alva en contra de Junta Especial "A" De La Local De Conciliación Y Arbitraje De La Ciudad De México, Antes Junta Especial Número Uno De Esa Local en el Juzgado Octavo De Distrito En Materia De Trabajo En La Ciudad De México en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Marzo del 2024 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 734/2024

  • 05 de Julio del 2024

    Actor: SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "E" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIEZ DE ESA LOCAL .

    Ha causado estado, la sentencia de once de junio de dos mil veinticuatro, en la que este órgano jurisdiccional sobreseyó en el juicio de amparo. Comuníquese lo anterior a la autoridades señaladas como responsables y archívese el presente expediente como asunto concluido. Tomando en consideración que, en la sentencia dictada en este expediente, se sobreseyó en el juicio, este se clasifica como DESTRUIBLE EN UN PLAZO DE TRES AÑOS.

  • 12 de Junio del 2024

    Actor: SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "E" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIEZ DE ESA LOCAL .

    R E S U E L V E: ÚNICO. Se SOBRESEE el presente juicio de amparo que promovió la parte quejosa.

  • 17 de Mayo del 2024

    Actor: SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "E" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIEZ DE ESA LOCAL .

    Se difiere la audiencia constitucional señalada para esta fecha y se fijan las ONCE HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL ONCE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para su celebración.

  • 26 de Abril del 2024

    Actor: SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "E" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO DIEZ DE ESA LOCAL .

    Agréguese el escrito signado por la apoderada de la parte quejosa, mediante el cual, aclara que el nombre correcto del quejoso es ***, así mismo que la denominación correcta de la Junta señalada como autoridad responsable. En virtud de lo anterior, se tiene con el carácter de responsable a la citada Junta, incluido el Actuario adscrito a ese órgano, por tanto, con copia de la demanda de amparo, auto admisorio, del ocurso de cuenta y del diverso proveído de diecinueve de abril del presente año, pídase su informe con justificación, el que deberán rendir dentro del término de quince días, acompañando copia certificada de las constancias que sean necesarias para acreditar la constitucionalidad de los actos que se les reclaman derivados del expediente laboral; apercibidos que de no hacerlo, se les impondrá una multa. Asimismo, requiérase a las aludidas autoridades y a la parte quejosa, para que en caso de sobrevenir alguna causa de improcedencia, cesaren los efectos de los actos reclamados o cuando ocurra una causa notoria de sobreseimiento, lo manifiesten; apercibidas que de no hacerlo, les será impuesta diversa multa.

  • 22 de Abril del 2024

    Actor: SERGIO ALVA MARTÍNEZ y/o SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "A" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE ESA LOCAL .

    Se difiere la audiencia constitucional que se encontraba señalada para esta fecha y se fijan las ONCE HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL DIECISÉIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, para su celebración.

  • 19 de Abril del 2024

    Actor: SERGIO ALVA MARTÍNEZ y/o SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "A" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE ESA LOCAL .

    Agréguense los informes justificados rendidos por el Presidente y Actuario, ambos de la Junta ****, el primero a nombre de ese órgano, al que acompaña copia certificada de la comparecencia de doce de febrero de dos mil veinticuatro, relativa al expediente laboral ******; con su contenido, dese vista a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Relaciónese en la audiencia constitucional.

  • 22 de Marzo del 2024

    Actor: SERGIO ALVA MARTÍNEZ y/o SERGIO MARTÍNEZ ALVA.

    Demandado: JUNTA ESPECIAL "A" DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ANTES JUNTA ESPECIAL NÚMERO UNO DE ESA LOCAL .

    SE ADMITE a trámite la demanda. Dese la intervención que legalmente compete al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este órgano jurisdiccional. Sin tramitar incidente de suspensión por no haberse solicitado. Pídase a las autoridades responsables su respectivo informe con justificación, que deberán rendir en un plazo de quince días Se fijan las DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO, para la celebración de la audiencia constitucional. No ha lugar a tener como terceros interesados a las personas que mencionan en el apartado correspondiente de la demanda de amparo, toda vez que de la lectura integral de la misma, se advierte que aún no han sido emplazados al juicio natural; por tanto, no les asiste tal carácter. Toda vez que la parte promovente proporcionó nombres de usuario ***, se le autoriza la consulta del presente expediente vía internet (expediente electrónico); por tanto, háganse los trámites correspondientes en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (S.I.S.E). Se tiene a la parte quejosa, proporcionando una dirección de correo electrónico; asimismo, toda vez que de la demanda de amparo se advierten números telefónicos, tómense en consideración, para que de estimarse necesario, se establezca el contacto respectivo. También, se comunica a las partes que podrán solicitar que se les practiquen las notificaciones personales vía electrónica; además, se les exhorta para que, de estimarlo pertinente, continúen la tramitación del presente asunto mediante el esquema de "juicio en línea", a través del Portal de Servicios en Línea desarrollado y aprobado por el Consejo de la Judicatura Federal, ingresando para tal efecto a la liga https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea/Home/Ayuda. Hágase del conocimiento de las partes, que tienen expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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