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Mauricio Andres Triana Benitez | Comisionado De La Policía Exp: 1028/2017

Federal > Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Oaxaca de Décimo Tercer Circuito
Actor: Mauricio Andres Triana Benitez
Demandado: Comisionado De La Policía Estatal De Oaxaca
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1028/2017 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Mauricio Andres Triana Benitez en contra de Comisionado De La Policía Estatal De Oaxaca en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Oaxaca en Circuito 13 (Oaxaca). El Proceso inició el 28 de Septiembre del 2017 y cuenta con 20 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 1028/2017

  • 05 de Diciembre del 2017

    > Agréguese a los autos... la razón asentada por el actuario adscrito a este Juzgado ...en las que hizo constar que no le fue posible entregar el oficio número 38438/2017, dirigido al...ya que fue informado que no existe dicha autoridad; lo anterior únicamente para que obre como corresponda toda vez que el veintitrés de noviembre anterior... se ordenó el archivo de este asunto. Cúmplase.

  • 24 de Noviembre del 2017

    ARCHÍVESE ESTE EXPEDIENTE como definitivamente concluido. Relevancia documental: Se estima que este asunto carece de relevancia documental, porque no se ubica en alguno de los supuestos previstos por el punto vigésimo primero, párrafo último del Acuerdo General citado....Notifíquese.

  • 06 de Noviembre del 2017

    RESUELVE: PRIMERO.- se niega a ****, la suspensión definitva de los actos atribuidos a las responsables señaladas en el considerando segundo de esta interlocutoria. SEGUNDO.- se ordena dar cumplimiento con lo dispuesto en el considerando tercero de esta resolucion. NOTIFIQUESE

  • 06 de Noviembre del 2017

    RESUELVE: PRIMERO.- se sobresee en el juicio de amparo promovido por el quejoso ***+. SEGUNDO.- en su oportunidad, dese cumplimiento al considerando ultimo de ete fallo en los terminos ahi precisados. NOTIFIQUESE

  • 26 de Octubre del 2017

    ! CR 1028/2017 MESA 4A San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.

  • 25 de Octubre del 2017

    ! INC 1028/2017 MESA 4A San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete. Con conocimiento de las partes, agréguense a los autos, para que obren como correspondan, los telegramas con números de folio 2381467 y 2381470 suscritos por el director de amparo, en ausencia del director General de Control de Juicios, por suplencia del procurador General de la República; asimismo en ausencia del titular de la Policía Federal Ministerial, con sede en la ciudad de México, con los cuales rinden el informe previo que les fue requerido. Notifíquese.

  • 25 de Octubre del 2017

    >... con conocimiento de las partes, agréguense a los autos, para que obren como correspondan, los telegramas ...suscritos por el director de amparo, en ausencia del director General de Control de Juicios, por suplencia del procurador General de la República; asimismo en ausencia del titular de la Policía Federal Ministerial, con sede en la ciudad de México, con los cuales rinden el informe justificado que les fue requerido. En consecuencia, con los telegramas de cuenta, dése vista a las partes para que manifiesten lo que a sus derechos convenga sin perjuicio de relacionarlos en la audiencia respectiva... se tiene a dicha autoridad, nombrando como delegado a la persona que refiere; y, como domicilio para oír y recibir notificaciones el que señala. Notifíquese.

  • 20 de Octubre del 2017

    ! inc 1028/2017 mesa 4a San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, diecinueve de octubre de dos mil diecisiete. Con conocimiento de las partes, agréguese a los autos, para que obre como corresponda, el oficio número SSP/DGPVE/DJ/2597/2017, suscrito por el jefe del Departamento Jurídico adscrito a la Dirección de la Policía Vial estatal, residente en Oaxaca de Juárez, con el cual rinde el informe previo que le fue requerido. En otro contexto, vista la certificación que antecede, se advierte que transcurrió el termino tres días concedido a la parte quejosa enproveído de nueve del mes y año en curso (foja 44), para que se manifestara sobre la inexistencia de las autoridades responsables SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE OAXACA; DIRECCIÓN DE LA POLICÍA ESTATAL PREVENTIVA y TITULAR DE LA POLICÍA FEDERAL MINISTERIAL, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN EL ESTADO DE OAXACA, sin que hubiese hecho manifestación alguna al respecto, a pesar de haber quedado notificada; por tanto, se hace efectivo el apercibimiento con el que fue conminada en proveído de nueve de octubre de esta anualidad (foja 44), por lo que se dejan de tener como responsable en este asunto a dichas autoridades, cesando toda comunicación con las mismas. Por otra parte, visto el estado que guardan los autos de esta pieza incidental, de los que se advierte que las autoridades responsables, residentes en la ciudad de México, aún no rinden su informe previo, ni obran los acuses de recibo respectivos que justifiquen la debida notificación de los oficios números 33775/2017 y 33776/2017, con los cuales les fue requerido dicho informe En tales condiciones, con la finalidad de integrar debidamente el expediente en que se actúa y en obvio de mayores dilaciones, reexpídanse los oficios en comento (vía estafeta), que contiene la transcripción del proveído de cinco de septiembre de esta anualidad. Por lo anterior, se difiere la audiencia incidental señalada para el día de hoy y se fijan las NUEVE HORAS CON UN MINUTO DEL DÍA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, para su celebración. Notifíquese.

  • 18 de Octubre del 2017

    ! pral 1028/2017 mesa 4a San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. Con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, con conocimiento de las partes, agréguense a los autos, para que obren como correspondan, el oficio sin número y SSP/DGPDyPC/864/2017, suscritos, respectivamente, por el encargado de la titularidad del Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca, denominado Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial; y por el director de Prevención del Delito y participación Ciudadana, residentes en Oaxaca de Juárez, con los cuales rinden el informe justificado que les fue requerido. En consecuencia, con los oficios de cuenta, dése vista a las partes para que manifiesten lo que a sus derechos convenga sin perjuicio de relacionarlo en la audiencia respectiva.Notifíquese.

  • 18 de Octubre del 2017

    ! inc 1028/2017 mesa 4a San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, diecisiete de octubre de dos mil diecisiete. Agréguense a los autos, as razones asentadas por el actuario adscrito a este Juzgado, el once del actual, de las que se advierte que no fue posible entregar los oficios 35037/2017, 35038/2017, 35039/2017 y 35046/2017, dirigidos a las autoridades denominadas por el quejoso como: ****** Lo anterior, únicamente para que obre como corresponda, toda vez que en proveídos de nueve y once del mes y año en curso (fojas 49 y 54), se acordó lo conducente respecto de la denominación de dichas autoridades.Notifíquese.

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