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Linea Peninsular Servicios Administrativos Sociedad Civil Exp: 809/2021

Federal > Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Yucatán, Con Residencia En Mérida de Décimo Cuarto Circuito
Actor: Linea Peninsular Servicios Administrativos, Sociedad Civil Particular .
Demandado: Cámara De Senadores Del Congreso De La Unión .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 809/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Linea Peninsular Servicios Administrativos, Sociedad Civil Particular en contra de Cámara De Senadores Del Congreso De La Unión en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Yucatán, Con Residencia En Mérida en Circuito 14 (Yucatán). El Proceso inició el 19 de Mayo del 2021 y cuenta con 16 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 809/2021

  • 08 de Diciembre del 2022

    I Mérida , Yucatán, siete de diciembre de dos mil veintidós. Agréguese a los presentes el oficio remitido por el Secretario del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, del que se advierte que acusa recibo de los autos originales del presente juicio de amparo 809/2021, y que se avocó al conocimiento del presente asunto en el que desechó la demanda de amparo por las razones que expuso en el oficio de cuenta. En consecuencia, háganse las anotaciones en el libro respectivo y por cuanto no existe razón para que el original de este expediente en que se actúa siga en la secretaría de este juzgado, con fundamento en el artículo 214 de la Ley de Amparo, archívese como asunto concluido. ...

  • 25 de Octubre del 2022

    I Mérida, Yucatán, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. Agréguese a los presentes autos para que obre como legalmente corresponda el acuerdo emitido por el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, mediante el cual informa que el juicio de amparo en el que se actúa fue remitido a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México.

  • 19 de Agosto del 2022

    I ELEC Mérida, Yucatán, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Vista la certificación de cuenta, se advierte que hasta la presente fecha el Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, no ha acusado recibo del oficio 31595/2022, de once de julio del año en curso, mediante el cual se remitió el juicio de amparo 809/2021, en virtud de la incompetencia planteada por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Yucatán con motivo de la demanda de amparo promovida por ***, quien se ostenta como representante legal de la persona moral ***, contra actos del Congreso de la Unión y otras Autoridades. Atento a lo anterior, solicítese vía interconexión al citado órgano jurisdiccional, que de no tener inconveniente legal alguno, se sirva informar si aceptó o no la competencia planteada por este órgano jurisdiccional, y en su caso, se sirva acusar el recibo correspondiente, por la misma vía, o al correo institucional de este Juzgado 5toJdo14oCto@correo.cjf.gob.mx; ello, para estar en aptitud de acordar lo que en derecho corresponda en el presente expediente. NOTIFÍQUESE.

  • 26 de Julio del 2022

    I-ELEC. Mérida, Yucatán, veinticinco de julio de dos mil veintidós. Agréguese a estos autos, el oficio con evidencia criptográfica, remitido vía electrónica por el Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, con el cual solicita los autos originales del presente juicio de amparo; en consecuencia, hágase del conocimiento del citado órgano jurisdiccional, que por oficio 31595/2022, de once de julio actual, se remitió vía mensajería acelerada los autos que solicita al Secretario del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México; ello, para los fines legales correspondientes. NOTIFÍQUESE.

  • 12 de Julio del 2022

    I ELEC Mérida, Yucatán, once de julio de dos mil veintidós. Vista la certificación de cuenta, se advierte que hasta la presente fecha el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, no ha acusado recibo del oficio 15957/2021, mediante el cual se remitió el juicio de amparo 905/2021, en virtud de la competencia planteada por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Yucatán con motivo de la demanda de amparo promovida por ***, contra ***. Por otra parte, glósese a estos autos, el oficio con evidencia criptográfica, remitido vía electrónica por el Secretario del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, mediante el cual solicita los autos originales del presente juicio de amparo. Ahora bien, no obstante que el treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno se remitieron vía interconexión al Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, los autos de mérito, mediante atento oficio que al efecto se le gire, VÍA CORRESPONDENCIA ACELERADA, REMÍTASE LOS AUTOS ORIGINALES al Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, para los fines legales correspondientes y solicítese que de no tener inconveniente alguno remita el acuse de recibo de estilo correspondiente y comunique su determinación, para que este órgano jurisdiccional se encuentre en aptitud de acordar lo que legalmente corresponda. Finalmente, fórmese cuaderno de antecedentes del presente asunto con las constancias conducentes para que obre en este órgano jurisdiccional. NOTIFÍQUESE.

  • 08 de Julio del 2022

    I Mérida, Yucatán, siete de julio de dos mil veintidós. Vista la certificación de cuenta, se advierte que hasta la presente fecha el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, no ha acusado recibo del oficio 14435/2021, mediante el cual se remitió el juicio de amparo 809/2021, en virtud de la competencia planteada por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Yucatán con motivo de la demanda de amparo promovida por Armando Bolio Sansores, quien se ostenta como representante legal de la persona moral ***, ***, contra actos del Congreso de la Unión y otras Autoridades. Atento a lo anterior, solicítese, vía interconexión, al citado órgano jurisdiccional, que de no tener inconveniente legal alguno, se sirva informar si aceptó o no la competencia planteada por este órgano jurisdiccional, y en su caso se sirva acusar el recibo correspondiente, por la misma vía, o al correo institucional de este Juzgado 5toJdo14oCto@correo.cjf.gob.mx; ello, para estar en aptitud de acordar lo que en derecho corresponda en el presente expediente. NOTIFÍQUESE.

  • 24 de Mayo del 2022

    I. ELEC Mérida, Yucatán, veintitrés de mayo de dos mil veintidós. Vista la certificación de cuenta, se advierte que hasta la presente fecha el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, no ha acusado recibo del oficio 14435/2021, mediante el cual se remitió el juicio de amparo 809/2021, en virtud de la competencia planteada por este Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Yucatán con motivo de la demanda de amparo promovida por ***, quien se ostenta como representante legal de la persona moral ***, contra actos del Congreso de la Unión y otras Autoridades. Atento a lo anterior, solicítese, vía interconexión al citado órgano jurisdiccional, que de no tener inconveniente legal alguno, se sirva informar si aceptó o no la competencia planteada por este Juzgado, y en su caso se sirva acusar el recibo correspondiente, por la misma vía, o al correo institucional de este Juzgado 5toJdo14oCto@correo.cjf.gob.mx; ello, para estar en aptitud de acordar lo que en derecho corresponda en el presente expediente. NOTIFÍQUESE.

  • 03 de Febrero del 2022

    I solicítese, vía interconexión, al Juez Primero Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, informe por la misma vía o al correo institucional de este Juzgado 5jdo14cto@correo.cjf.gob.mx, si aceptó o no la competencia planteada por este órgano jurisdiccional, y en su caso se sirva acusar el recibo correspondiente; ello, para estar en aptitud de acordar lo que en derecho corresponda en el presente expediente.

  • 08 de Noviembre del 2021

    I Mérida, Yucatán, cinco de noviembre de dos mil veintiuno. Vista la certificación secretarial de cuenta, se advierte que de una revisión a los presentes autos se advierte que el presente asunto fue remitido, vía interconexión, al Juzgado Primero Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, sin que hasta la presente fecha dicho Juez, hubiese informado sí aceptó la competencia de la demanda de amparo promovida por ***, Atento a lo anterior, solicítese, vía interconexión, al Juzgado Primero Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, informe por la misma vía o al correo institucional de este Juzgado 5jdo14cto@correo.cjf.gob.mx, si aceptó o no la competencia planteada por este órgano jurisdiccional, y en su caso se sirva acusar el recibo correspondiente; ello, para estar en aptitud de acordar lo que en derecho corresponda en el presente expediente.

  • 18 de Octubre del 2021

    Mérida, Yucatán, quince de octubre de dos mil veintiuno. Agréguese a los presentes autos el escrito signado por ***, autorizado en términos amplios de la parte quejosa, y en atención a su contenido, infórmesele que mediante auto de treinta de septiembre pasado se le solicitó nuevamente, vía interconexión, al Juzgado Primero Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, informe a este órgano jurisdiccional si aceptó o no la competencia planteada por este órgano jurisdiccional, y en su caso, se sirviera acusar el recibo correspondiente. En mérito de lo anterior, por el momento no se estima pertinente solicitar nuevamente a dicho órgano jurisdiccional tal información, sin perjuicio de que, con posterioridad y dentro de un término prudente, este órgano jurisdiccional vuelva a solicitarla. Notifíquese.

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