Características del servicio

Leopoldo López López. | Junta Especial Número Treinta Y Dos De Exp: 766/2022

Federal > Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Oaxaca de Décimo Tercer Circuito
Actor: Leopoldo López López.
Demandado: Junta Especial Número Treinta Y Dos De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Oaxaca. Y Otros..
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 766/2022 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Leopoldo López López en contra de Junta Especial Número Treinta Y Dos De La Federal De Conciliación Y Arbitraje En El Estado De Oaxaca. Y Otro en el Juzgado Cuarto De Distrito En El Estado De Oaxaca en Circuito 13 (Oaxaca). El Proceso inició el 13 de Julio del 2022 y cuenta con 1 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 766/2022

  • 13 de Julio del 2022

    San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, doce de julio de dos mil veintidós. Causa estado desechamiento. Vista la certificación de cuenta, de la que se advierte que ha transcurrido el término que concede el artículo 97, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo, para interponer el recurso de queja, en contra del auto de veintinueve de junio de dos mil veintidós, que desechó de plano la demanda de amparo promovida por *** en su carácter de apoderado legal del quejoso ***, sin que se hubiere interpuesto algún medio de impugnación en ese plazo. En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto en los numerales 356, fracción II, y, en lo conducente, 357, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del precepto 2°, de la ley de la materia, SE DECLARA QUE HA CAUSADO ESTADO LA REFERIDA DETERMINACIÓN. Publicación datos personales. Como la parte quejosa no hizo manifestación alguna respecto del derecho que le asiste para oponerse a la publicación de sus datos personales; por lo que el auto inicial y las demás resoluciones, previa supresión de esos datos, estarán a disposición del público para su consulta cuando así lo soliciten, de conformidad con el procedimiento de acceso a la información; pero tiene el derecho de oponerse a la publicación de dichos datos para que cuando se presente la solicitud respectiva, se determine si tal oposición puede surtir efectos, considerando si es información reservada y de esta manera, respetando el derecho a su privacidad, la decisión de la publicación de sus datos, sea acorde a sus intereses; sin embargo, para el caso de que se trate de la versión pública de alguna resolución, aun cuando no se haya ejercido esa oposición, se suprimirán los datos sensibles de dicha parte, procurándose que la supresión no impida conocer el criterio sostenido por este órgano jurisdiccional. Archivo. Por otra parte, no existiendo asunto pendiente de diligenciar, y con fundamento en los artículos 18, 20 y 21 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, vigente a partir del veintiséis de marzo de dos mil veinte, archívese este expediente como definitivamente concluido. Relevancia documental. Este asunto carece de relevancia documental, porque no se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 15 del Acuerdo General citado en último término. Destino. Transcurridos más de tres años, a partir de la fecha en que se ordenó el archivo de este expediente, procédase a su DESTRUCCIÓN, conforme el artículo 21, inciso b), del referido acuerdo; y, en su oportunidad, remítase el acta de baja documental correspondiente, a la Dirección General de Archivo y Documentación del Consejo de la Judicatura Federal. Hágase la anotación en la carátula del expediente y en el libro de gobierno respectivo, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Notifíquese por lista electrónica."

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Hoy en día es difícil confiar en cada persona que uno conoce. Gracias a PoderJudicialVirtual.com estoy enterada de todo lo que debo saber de las personas importantes en mi vida.” Karla Estrada Estudiante de Maestría
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4