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Felipe Neri Sánchez Galván | Juez Segundo De Primera Instancia Exp: 105/2018

Federal > Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Baja California, Con Residencia En Ensenada de Décimo Quinto Circuito
Actor: Felipe Neri Sánchez Galván
Demandado: Juez Segundo De Primera Instancia Civil De Ensenada, Baja California Y Otros.
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 105/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Felipe Neri Sánchez Galván en contra de Juez Segundo De Primera Instancia Civil De Ensenada, Baja California Y Otroen el Juzgado Séptimo De Distrito En El Estado De Baja California, Con Residencia En Ensenada en Circuito 15 (Baja California). El Proceso inició el 02 de Marzo del 2018 y cuenta con 102 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 105/2018

  • 15 de Mayo del 2023

    Actor: Felipe Neri Sánchez Galván.

    Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia Civil de Ensenada, Baja California y Otros..

    1. SOLICITUD PARTE ACTORA. Visto el escrito de cuenta con firma electrónica de Lesly Fernanda Soto Jarquín, endosataria en procuración de la parte actora Síntesis y Formulaciones de Alta Tecnología, sociedad anónima de capital variable, a través del cual solicita el estado procesal del llamamiento a juicio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Al respecto, se indica a la promovente que el expediente siempre queda su disposición para que consulte el estado que guarda el juicio en que se actúa y del que cabe destacar, en proveído de diez de este mismo mes y año, se tuvo por promovida la tercería excluyente de preferencia promovida por dicho instituto, con lo cual se ordenó correr traslado a las partes.

  • 03 de Febrero del 2023

    Actor: Felipe Neri Sánchez Galván.

    Demandado: Juez Segundo de Primera Instancia Civil de Ensenada, Baja California y Otros..

    1. ACCESO A EXPEDIENTE ELECTRÓNICO. Se tiene por recibido el escrito con firma electrónica de Jaime Alfredo Méndez Nuza, autorizado de la parte quejosa en términos ampliaos del artículo 12 de la Ley de Amparo; atento a su contenido, con fundamento en los artículos 35 y 36, del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo1 , se otorga el acceso al expediente electrónico del presente expediente, en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación al usuario "jaimemendez", por lo que, se encomienda a la analista jurídico SISE de este órgano jurisdiccional, que inmediatamente realice la asociación de los nombres de usuario proporcionados en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.

  • 14 de Noviembre del 2022

    1. TRIBUNAL COLEGIADO ADMITE RECURSO DE REVISIÓN. Se tiene por recibido el oficio proveniente del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoquinto Circuito, con sede en Tijuana, Baja California, por el cual informa que el cuatro de noviembre del año en curso, ese órgano colegiado admitió a trámite el recurso de revisión interpuesto por el quejoso Felipe Neri Sánchez Galván, en contra de la sentencia dictada por este órgano jurisdiccional, el cual se registró como amparo en revisión civil 299/2022.

  • 26 de Septiembre del 2022

    1. Integración de recurso de revisión. Visto el estado de autos y la certificación de cuenta, se advierte que las partes se encuentran notificadas de la resolución constitucional que sobreseyó en el juicio de amparo promovido por Felipe Neri Sánchez Galván, así como del proveído por el cual se tuvo por interpuesto el recurso de revisión que hizo valer la parte quejosa, en contra de esa determinación. 2. Remisión al órgano colegiado. 6. Autorizado en términos amplios. 7. Consulta de expediente electrónico y notificación por la misma vía. Con fundamento en lo dispuesto en el 3º de la Ley de Amparo, así como lo dispuesto por los artículos 35 y 36, del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo1 , se otorga el acceso al expediente electrónico del presente juicio de amparo, en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación al usuario "Albuerne", por lo que, se encomienda a la analista jurídico SISE de este órgano jurisdiccional, que realice la asociación de los nombres de usuarios aludidos a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. 8. NO HA LUGAR A NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO. Sin que haya lugar a realizar las notificaciones por medio del correo electrónico que proporciona, dado que las notificaciones electrónicas únicamente se encuentran reguladas mediante el artículo 3º de la Ley de Amparo, así como 35 y 36, del Acuerdo General 12/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo. 9. DATOS DE CONTACTO. Asimismo, se le tiene proporcionando como datos de contacto el correo electrónico ****.

  • 13 de Septiembre del 2022

    Notifíquese personalmente.

  • 22 de Agosto del 2022

    Notifíquese personalmente.

  • 30 de Mayo del 2022

    Audiencia de juicio

  • 09 de Mayo del 2022

    Notifíquese personalmente

  • 29 de Abril del 2022

    Notifíquese personalmente a la parte quejosa y parte tercera interesada.

  • 11 de Abril del 2022

    . Una vez que se tenga domicilio en el cual contactar al perito oficial, acuérdese lo conducente respecto la citación de las partes que deban intervenir en la celebración de la audiencia constitucional. 2. DIFERIMIENTO DE SUDIENCIA CONSTITUCIONAL. En razón de lo anterior, se difiere la audiencia constitucional y se fijan las nueve horas con quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintidós.

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