Federal
> Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Yucatán, Con Residencia En Mérida de Décimo Cuarto Circuito
Actor: Elda María Calero Rosado
Demandado: Elda María Calero Rosado
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Procesos civiles o administrativos
RESUMEN: El Expediente 20/2021 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Procesos Civiles O Administrativos fue promovido por Elda María Calero Rosado en contra de Elda María Calero Rosado en el Juzgado Quinto De Distrito En El Estado De Yucatán, Con Residencia En Mérida en Circuito 14 (Yucatán). El Proceso inició el 29 de Junio del 2021 y cuenta con 4 Notificaciones.
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CIVIL. Mérida, Yucatán, nueve de agosto de dos mil veintiuno. Agréguese a los autos el escrito de cuenta signado electrónicamente por ***, autorizado de la parte actora en términos amplios del artículo 1069 del Código de Comercio y anexo que acompaña, en atención a su contenido, se le tiene informando que agendó la cita correspondiente, para las catorce horas del trece de agosto del actual, a efecto de recibir los documentos relacionados el catorce de julio del año en curso, lo que se toma en consideración para los efectos legales correspondientes. NOTIFÍQUESE. [...]
Mérida, Yucatán, veintisiete de julio de dos mil veintiuno. Agréguese a los autos el escrito de cuenta signado por ***, autorizado de la parte actora en los términos amplios que establece el artículo 1069 del Código de Comercio y anexo que acompaña, y en atención a su contenido, no ha lugar a convalidar la fecha que señala programó el ocursante, dado que la misma no se ajusta a los lineamientos establecidos en auto de catorce de los corrientes, en el que se fijó que la misma debe ser solicitada de entre los horarios comprendidos de las CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS A LAS DIECISIETE HORAS, lo que deberá informar mediante nuevo escrito, cuando menos con cinco días de anticipación a la fecha y hora programada, sin contar el día de presentación del escrito correspondiente así como el de la fecha proporcionada; por tanto, al no estar ajustada su solicitud a lo decretado por este juzgado en el citado auto, se reitera, no se convalida la misma, motivo por el cual deberá generar una solicitud para recoger los documentos de que se trata. Máxime que por motivos de la contingencia sanitaria que se vive en el país, este juzgado se encuentra laborando físicamente y para atención al público en el local que ocupa este órgano jurisdiccional, con horario de trece horas con quince minutos a diecinueve horas con quince minutos de lunes a viernes, por lo que es imposible que este juzgado lo pueda atender en el horario matutino que señala en su escrito de cuenta, esto es a las trece horas del cinco de agosto del año en curso. NOTIFÍQUESE.
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE A LA ACTORA.
Mérida, Yucatán, veintiocho de junio de dos mil veintiuno. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.
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