Características del servicio

Bluemex Power 1 S.a. De C.v. | Secretaria Energia Exp: 1717/2019

Federal > Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En El Distrito Federal de Primer Circuito
Actor: Bluemex Power 1 S.a. De C.v.
Demandado: Secretaria De Energia
Materia: Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 1717/2019 en Materia Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Bluemex Power 1 S.a. De C.v en contra de Secretaria De Energiaen el Juzgado Décimo Sexto De Distrito En Materia Administrativa En El Distrito Federal en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 22 de Noviembre del 2019 y cuenta con 65 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 1717/2019

  • 03 de Marzo del 2021

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta remitido por la Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, por medio del cual acusa recibo del diverso oficio 40115/2020, del índice de este órgano jurisdiccional por el que le fue remitido el cuaderno original del incidente de suspensión, así como el oficio con folio 16618; de lo que se toma conocimiento para los efectos legales conducentes. NOTIFÍQUESE.

  • 18 de Febrero del 2021

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por la Superioridad, al que se anexa una copia certificada y cinco copias simples del testimonio de la resolución dictada en el toca R.A. *** así como con el cuaderno original del incidente de suspensión deducido del juicio de amparo 1717/2019; al respecto, acúsese recibo. Ahora bien, visto el estado procesal que guardan los autos del juicio en que se actúa, de los cuales se advierte que mediante auto del cinco de noviembre del año en curso, de conformidad con lo establecido en la resolución de Concentración de expedientes *** del veintiuno de octubre del mismo año se ordenó remitir el expediente principal como el duplicado del cuaderno incidental del juicio de amparo en que se actúa a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República. Asimismo, mediante auto del diecisiete de noviembre de dos mil veinte, se tomó conocimiento que el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República se avocó al conocimiento del juicio en que se actúa; en consecuencia, se ordena remitir el original del cuaderno de suspensión, así como el oficio de cuenta al citado homólogo federal, a efecto que provea lo conducente en relación con su contenido. NOTIFÍQUESE.

  • 27 de Noviembre del 2020

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, a través del cual acusa de recibo de las promociones con folios 14362 y 14365; de lo que este órgano jurisdiccional toma conocimiento para los efectos legales conducentes. NOTIFÍQUESE.

  • 18 de Noviembre del 2020

    Agréguese a los autos el oficio de cuenta enviado electrónicamente por la Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, mediante el hace del conocimiento de este órgano jurisdiccional el auto del doce de noviembre del año que transcurre, dictado en el juicio de amparo 527/2020 de su estadística, en el que acusa recibo de los autos originales del juicio de amparo 1717/2019, así como el duplicado del cuaderno incidental, asimismo se desprende que se avocó al conocimiento del asunto planteado por este órgano jurisdiccional, de lo que se toma conocimiento. En ese sentido, se procede a levantar la reserva contenida en auto del once de noviembre del año en curso; por tanto, se ordena remitir los ocursos con números de folio 14362 y 14365 al Juzgado oficiante, a efecto que provea lo conducente en relación son su contenido. Ahora bien, háganse las anotaciones correspondientes en el libro de gobierno que para tal efecto se lleva en este juzgado y de conformidad con lo previsto en el artículo 214 de la Ley de Amparo, interpretado a contrario sensu, archívese el presente expediente por tratarse de un asunto total y definitivamente concluido. En la inteligencia que en su oportunidad y con fundamento en el artículo 21, inciso j), del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, este expediente será susceptible de DESTRUCCIÓN, atendiendo a que no existen documentos originales y este juzgado estima que dicho expediente no contiene valor jurídico o histórico por el cual se deba conservar. NOTIFÍQUESE.

  • 12 de Noviembre del 2020

    Agréguense a los presentes autos los oficios de cuenta signados por el perito oficial en materia de economía especializada en el mercado eléctrico, mediante los cuales rinde el dictamen que le fue encomendado y solicita se le entreguen los honorarios correspondientes; atento a lo ordenado en auto del cinco de noviembre de dos mil veinte, a través del cual se ordenó el envío de los autos originales del juicio de amparo en que actúa a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, se reserva el envío de los ocursos de cuenta hasta en tanto este órgano judicial tenga conocimiento de aquel al que corresponda conocer del presente asunto, a efecto que provea lo conducente. NOTIFÍQUESE.

  • 06 de Noviembre del 2020

    Vista la certificación secretarial de cuenta de la que se advierte que a través de la resolución de Concentración de expedientes ... del veintiuno de octubre de dos mil veinte, la Secretaria Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal determinó procedente la solicitud de concentración de juicios relacionados con el "Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos que establecen los criterios para el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias y los requisitos para su adquisición" presentada por la Secretaría de Economía. En ese sentido, toda vez que el presente juicio se encuentra contemplado en la relación de asuntos objeto de la citada concentración de expedientes, remítase tanto el expediente principal como el duplicado del cuaderno incidental del juicio de amparo en que se actúa a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, a efecto que sea turnado al Juzgado Federal que en su caso corresponda, solicitándole que una vez que sus labores se lo permitan se sirva emitir la boleta con la cual se acuse el recibo correspondiente. En esas condiciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 279 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, obténgase copia certificada de las constancias necesarias para integrar el cuaderno de antecedentes respectivo, previo al envío el expediente original. Por otra parte, instrúyase a la Analista Jurídica para que una vez que se realice la remisión ordenada en el presente proveído, la reporte como egreso en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). En atención a lo apuntado, se ordena dejar sin efectos la fecha señalada para audiencia constitucional fijada en auto del nueve de octubre de dos mil veinte, para que el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa, especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, al que corresponda conocer del asunto en razón de turno, la señale acorde a su carga de trabajo. En el mismo sentido infórmese al homólogo Federal que el cuaderno original del incidente de suspensión del presente asunto se encuentra en el Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al que por razón turno correspondió conocer del recurso de revisión incidental interpuesto en autos, registrándolo con el número de toca R.A. ... de su índice. NOTIFÍQUESE.

  • 26 de Octubre del 2020

    Agréguese en autos el oficio de cuenta, signado por el perito oficial en materia de economía especializada en el mercado eléctrico, mediante el cual solicita una prórroga para estar en aptitud de rendir el dictamen que le fue requerido en autos. En atención a ello, se concede al perito oficial una prórroga por el plazo de DIEZ DÍAS, para que rinda la evaluación técnica encomendada en el presente asunto. Apercibido que de ser omiso al requerimiento que se le formula, o bien, de no manifestar el impedimento que le asista para ello, se le impondrá una multa, la cual constituye la sanción mínima prevista en el último numeral aludido. NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE A *****.

  • 16 de Octubre del 2020

    Vista la cuenta, con fundamento en el artículo 21 de la Ley de Amparo y el "Acuerdo General Conjunto 12/2020, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración y trámite de expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del propio Consejo", agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos, en representación del Titular, ambos de la Secretaría de Energía; en atención a su contenido téngase a la autoridad oficiante realizando diversas manifestaciones en relación con el dictamen rendido por Patricia Correa Rojas, perito en materia de economía especializada en el mercado eléctrico designada por las autoridades responsables de la Comisión Reguladora de Energía; de lo que este órgano jurisdiccional toma conocimiento para los efectos legales conducentes, sin perjuicio de tomarlas en consideración en el momento procesal oportuno. NOTIFÍQUESE.

  • 13 de Octubre del 2020

    Vista la certificación de cuenta, de la cual se advierte que se encuentra transcurriendo el plazo de diez días otorgado al perito oficial en materia de economía especializada en el mercado eléctrico ***** a efecto que rinda su dictamen pericial. En las relatadas circunstancias a fin de dar margen a lo anterior y con ello se logre el desahogo de la prueba pericial tramitada en autos, lo procedente es diferir la audiencia constitucional señalada para el día de hoy, y en su lugar, se fijan las DIECISÉIS HORAS CON VEINTIDOS MINUTOS DEL NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, para que tenga verificativo la misma. NOTIFÍQUESE

  • 08 de Octubre del 2020

    Vistos, agréguese en autos, el acta de comparecencia signada por el perito oficial en materia de economía especializada en el mercado eléctrico Francisco Morales Pérez, mediante la cual acepta y protesta el cargo que le fue conferido mediante proveído del veintitrés de septiembre de dos mil veinte. En la inteligencia que mediante el referido auto se le hizo de su conocimiento que el plazo de diez días para rendir su dictamen pericial comenzaría a transcurrir a partir del día hábil siguiente al en que compareciera aceptar y protestar el cargo conferido. NOTIFÍQUESE.

antecedentes
“Siempre estaba preocupada por el avance de mi divorcio, me la pasaba marcando y visitando a mi abogado. Ahora me siento segura ya que me entero inmediatamente de todo lo que sucede, inclusive antes que mi abogado y que el abogado de mi exmarido.” Alejandra Solórzano Pediatra
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4