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Armando Villarreal Rosas | Juez Quinto Mercantil De Primera Exp: 84/2022

Federal > Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito de Segundo Circuito
Actor: Armando Villarreal Rosas
Demandado: Juez Quinto Mercantil De Primera Instancia Del Distrito Judicial Tlalnepantla, Con Residencia En Naucalpan De Juárez
Materia: Civil
Tipo: Amparo directo

RESUMEN: El Expediente 84/2022 en Materia Civil y de tipo Juicio De Amparo Directo fue promovido por Armando Villarreal Rosa en contra de Juez Quinto Mercantil De Primera Instancia Del Distrito Judicial Tlalnepantla, Con Residencia En Naucalpan De Juárez en el Cuarto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Segundo Circuito en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 02 de Febrero del 2022 y cuenta con 7 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 84/2022

  • 14 de Julio del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Téngase por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual, el Juez responsable, acusa recibo del oficio del índice de este Tribunal Federal, por el que se le remitió copia certificada de la ejecutoria dictada en el presente juicio de amparo, así como la totalidad de constancias inherentes al mismo.agréguese a los autos el oficio de mérito para los efectos legales conducentes. Por otro lado, visto el estado que guardan los autos, de los que se desprende que este asunto se resolvió en el sentido de negar el amparo solicitado; por lo que se remitió el testimonio de dicha ejecutoria a la autoridad responsable, así como la totalidad de constancias inherentes al mismo, cuyo acuse de recibo se acuerda por este auto; en consecuencia, archívese este juicio de garantías como totalmente concluido, previas las anotaciones en el libro de gobierno.se concluye que este expediente es susceptible de ser DEPURABLE, pues no contiene relevancia documental, ni documentos originales

  • 04 de Julio del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Niega el amparo

  • 03 de Mayo del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Vista la cuenta que antecede de la que se aprecia que a la fecha se ha llevado el sorteo respectivo, así como que del estado que guardan los autos, de los cuales se desprende que el presente asunto se encuentra en estado de resolución. En tales condiciones, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 183, de la Ley de Amparo, túrnese el expediente al Magistrado JAVIER CARDOSO CHÁVEZ, a efecto de que formule el proyecto de sentencia respectivo

  • 05 de Abril del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Se tiene por recibido el escrito de cuenta, mediante el cual la tercera interesada, señala domicilio para oír y recibir notificaciones, asimismo, designa autorizados para los mismos efectos; proporciona los correos electrónicos patrd19@hotmail.com y patrd19@yahoo.com.mx; asimismo, solicita se le autorice la consulta del expediente electrónico con los nombres de usuarios "Patrd"; "Jomoto61" y "vazquezreza8" y realiza manifestaciones a manera de alegatos.agréguese a los autos el escrito de mérito para los efectos legales conducentes. Ahora, de la certificación de cuenta, se advierte que se encuentra transcurriendo el término de quince días que le concede a las partes el artículo 181 de la Ley de Amparo, para que presenten sus alegatos o promuevan amparo adhesivo; y el escrito de cuenta fue presentado de manera oportuna; por tanto, dígase a la parte tercera interesada que se tienen por hechas sus manifestaciones a manera de alegatos. Ahora, en cuanto a la solicitud de la promovente y, toda vez que se encuentra registrada en el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, consulta de expedientes con los nombres de usuarios "Patrd"; "Jomoto61" y "vazquezreza8.se autoriza el acceso a la consulta del expediente electrónico, así como la actuación a través del Portal de Servicios en línea y se ordena que las notificaciones a la parte quejosa se le realicen vía electrónica, a través del citado portal mediante el referido nombre de usuario; ello, debido a que al escrito de mérito se acompaña la evidencia criptográfica de la firma electrónica, de la cual se advierte que la misma es vigente y válida. En consecuencia, se ordena a la licenciada OLAYA MARÍA DEL PILAR BECERRIL JARDÓN, Analista Jurídico del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, adscrita a este Tribunal Federal, para que de inmediato proceda a la captura de los datos de los citados usuarios "Patrd"; "Jomoto61" y "vazquezreza8", en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Respecto de JORGE MOCTEZUMA TORRE, persona que señala como autorizada para oír y recibir notificaciones, se le reconoce ese carácter en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo.Ahora bien, en relación con los diversos autorizados, se les reconoce dicho carácter en términos del segundo párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo en vigor, es decir, únicamente para oír y recibir notificaciones

  • 31 de Marzo del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Se tiene por recibido el oficio de cuenta, mediante el cual, el Juez responsable, en cumplimiento al auto de dieciséis de febrero de dos mil veintidós, remite la constancia de emplazamiento del tercero interesado CHUBB SEGUROS MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA (ABBA AUTOSEGUROS) [...] con fundamento en el artículo 181, de la Ley de Amparo, SE ADMITE la demanda de amparo promovida por ARMANDO VILLARREAL ROSAS, por propio derecho, en contra de la sentencia de diez de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza por Ministerio de Ley del Juzgado Quinto Mercantil del Distrito Judicial de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan, Estado de México, en el expediente 504/2019. Por otra parte, notifíquese lo anterior por medio de lista al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito [...] se tiene como tercera interesada a CHUBB SEGUROS MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA (ABBA AUTOSEGUROS), a quien ya se le notificó sobre la presentación de la demanda de amparo que nos ocupa, tal y como se advierte de las constancias de notificación y emplazamiento. Por lo que, con fundamento en el artículo 181, de la ley de la materia, notifíquese por medio de lista electrónica a la parte quejosa y a la tercera interesada el presente auto admisorio, para que en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, si a su interés conviene, formulen alegatos, o bien, promuevan amparo adhesivo [...] la notificación a las partes a que se contrae el artículo 181, citado en párrafos que preceden, para que presenten alegatos o amparo adhesivo, así como las demás determinaciones incluyendo las que se ordenen de manera personal deben ser realizados en el supuesto en que ya se encuentren emplazados, POR MEDIO DE LISTA que se fije en lugar visible y de fácil acceso de este Tribunal Federal, así como en el portal de internet del Poder Judicial de la Federación, siguiendo las formalidades que al efecto establece el ordinal 29, del tan citado ordenamiento legal; esto, mientras no designen domicilio para ese efecto [...] se hace del conocimiento de las partes que tienen el derecho para oponerse en relación con terceros a la publicación de sus datos personales, lo cual, deben manifestarlo de manera expresa a este Órgano Jurisdiccional, en la inteligencia de que la falta de oposición expresa en el presente asunto, conlleva al no otorgamiento de su consentimiento para que la sentencia respectiva se publique con dichos datos

  • 17 de Febrero del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    Se tiene por recibido el oficio de cuenta, por el que el Juez responsable, remite la constancia de notificación del tercero interesado CHUBB SEGUROS MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA (ABBA AUTOSEGURO).agréguese a los autos el oficio y anexo de cuenta para los efectos conducentes. Acúsese recibo. Ahora bien, de las constancias que remite el juez responsable, se advierte que realizó el emplazamiento de mérito sin seguir las disposiciones previstas en el artículo 27, fracción II, de la Ley de Amparo, ya que dicho emplazamiento debe ser personal al tercero interesado; en tal contexto, SE REQUIERE a la Jueza por Ministerio de Ley del Juzgado Quinto Mercantil del Distrito Judicial de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan, Estado de México, para que realice la notificación en el domicilio que señaló en el escrito de demanda; esto es, el ubicado en: AVENIDA PASEO DE LA REFORMA NÚMERO 250, TORRE NIZA, PISO 7 DE LA TORRE A, COLONIA JUÁREZ, ALCALDÍA CUAUHTÉMOC DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CÓDIGO POSTAL 06600, y una vez realizada la diligencia, remita a este Tribunal las constancias respectivas, para que con ello se esté en aptitud de proveer o no sobre la substanciación de la demanda de garantías que nos ocupa

  • 02 de Febrero del 2022

    Actor: Armando Villarreal Rosas

    Demandado: Juez Quinto Mercantil de Primera Instancia del Distrito Judicial Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan de Juárez

    .se exhorta a las partes, a efecto de que proporcionen un número de teléfono móvil y una cuenta de correo electrónico para que, en los casos en que se estime necesario, se establezca el contacto correspondiente; esto, en el entendido de que el contenido respectivo deberá registrarse y, de ser necesario, incorporarse al expediente, previa la certificación correspondiente. Por otra parte, se tiene por recibido el oficio de cuenta, por el que el Juez responsable, rinde su informe justificado y remite a este Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, la demanda de amparo promovida por ARMANDO VILLARREAL ROSAS, por propio derecho, en contra de la sentencia de diez de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza por Ministerio de Ley del Juzgado Quinto Mercantil del Distrito Judicial de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan, Estado de México, en el expediente 504/2019. Acúsese recibo, fórmese y regístrese el expediente impreso y electrónico respectivo con el número de Amparo Directo 84/2022. Notifíquese lo anterior por medio de lista al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito.se tiene como tercero interesado a CHUBB SEGUROS MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA (ABBA AUTOSEGURO) ahora bien, toda vez que de las constancias que remite el juez responsable, se advierte que realizó el emplazamiento de mérito sin seguir las disposiciones previstas en el artículo 27, fracción II, de la Ley de Amparo, ya que dicho emplazamiento debe ser personal al tercero interesado; en tal contexto, SE REQUIERE a la Jueza por Ministerio de Ley del Juzgado Quinto Mercantil del Distrito Judicial de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan, Estado de México, para que remita a este Tribunal las constancias respectivas, para que con ello se esté en aptitud de proveer o no sobre la substanciación de la demanda de garantías que nos ocupa. Por tal motivo, DEBE RESERVARSE la admisión o no del presente asunto hasta en tanto sea remitida la constancia de notificación y traslado de mérito. Toda vez que la parte quejosa solicita se le autorice la consulta del expediente electrónico con el nombre de usuario carlosedmundov" y se le realicen las notificaciones de manera electrónica. Ahora, en cuanto a la solicitud del promovente y, toda vez que se encuentra registrada en el Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación, consulta de expedientes con el nombre de usuario "carlosedmundov.se autoriza el acceso a la consulta del expediente electrónico, así como la actuación a través del Portal de Servicios en línea y se ordena que las notificaciones a la parte quejosa se le realicen vía electrónica, a través del citado portal mediante el referido nombre de usuario; ello, debido a que al escrito de mérito se acompaña la evidencia criptográfica de la firma electrónica, de la cual se advierte que la misma es vigente y válida. En consecuencia, se ordena a la licenciada OLAYA MARÍA DEL PILAR BECERRIL JARDÓN, Analista Jurídico del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, adscrita a este Tribunal Federal, para que de inmediato proceda a la captura de los datos del citado usuario "carlosedmundov", en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes. Respecto de JOSE DE JESÚS GARCÍA ROSAS Y CARLOS EDMUNDO VILLAREAL ROSAS, personas que señala como autorizadas para oír y recibir notificaciones, se le reconoce ese carácter en términos amplios del artículo 12 de la Ley de Amparo.Ahora bien, en relación con los diversos autorizados, se les reconoce dicho carácter en términos del segundo párrafo del artículo 12 de la Ley de Amparo en vigor, es decir, únicamente para oír y recibir notificaciones.Finalmente, dígase a la parte quejosa que el correo electrónico que proporciona, únicamente se tiene como medio de contacto no procesal

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