Características del servicio

Demanda De Amparo Indirecto Contra Auto Que Niega Libertad Bajo Fianza

_______________________

Amparo indirecto

 

C. juez Cuarto de Distrito en materia

penal. en el Distrito Federal.

 

_______________________, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho ubicado en el ______________________________ en esta ciudad, y autorizando para oírlas en mi nombre, en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo, al señor licenciado _______________________, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

Que vengo a solicitar el amparo y protección de la justicia Federal en contra de la resolución de ______________________________ , de la Sexta Sala del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, por la que confirma el auto del C. juez Cuarto de lo Penal del Distrito Federal, por el que se me ha negado el beneficio de la libertad bajo fianza.

A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo, manifiesto:

 

I. Nombre y domicilio del quejoso. Ya han quedado expresados.

II. Nombre y domicilio del tercero perjudicado. No hay tercero perjudicado.

III. Autoridad responsable. H. Sexta Sala del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal.

IV. Acto reclamado. Resolución de veintidós de octubre de mil novecientos ochenta, de la Sexta Sala, del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, por la que se confirma el auto del C. juez Cuarto de lo Penal del Distrito Federal, por el que se me negó el beneficio de la libertad bajo fianza.

V. Preceptos constitucionales violados. Artículos 14, 16 y 20 constitucionales,

VI. Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que constituyen antecedentes del acto reclamado y fundamentos de los conceptos de violación los siguientes

 

HECHOS

 

1. El C. Agente del Ministerio Público ejercitó la acción penal en contra del suscrito por la presunta comisión del delito de fraude en perjuicio del señor _______________________.

2. El C. juez Cuarto de lo Penal del Distrito Federal decretó orden de aprehensión en contra del suscrito por la presunta comisión del referido delito de fraude.

3. El C. juez Cuarto de lo Penal del Distrito Federal decretó la formal prisión del suscrito, por la presunta comisión del delito de fraude por la cantidad de ________en perjuicio del señor _______________________.

4. Con posterioridad a la fecha en que se me decretó la formal prisión exhibí ante el C. juez Cuarto de lo Penal recibos de pago de la Tesorería del Distrito Federal, con los que demostré que pagué a nombre del señor _______________________ la cantidad de ________ por lo que, manifesté ante el citado juez Cuarto de lo Penal que en todo caso, el monto de lo defraudado no ascendía a ________sino a ________. Por supuesto que, adicionalmente advertí que no aceptaba haber cometido fraude por cantidad alguna. Dada la exhibición de los comprobantes de pago a nombre del presunto ofendido de impuesto predial ante la Tesorería del Distrito Federal, solicité la libertad bajo fianza, arguyendo que dado que la fracción II del artículo 386 del Código Penal establece una pena de prisión de seis meses a tres años cuando el valor de lo defraudado excede de doscientos pesos, pero no de _________.

5. El C. juez Cuarto de lo Penal, argumentando que el auto de formal prisión se dictó por un fraude que ascendió a la cantidad de ________, no cabía se me concediera el beneficio de la libertad caucional, ya que el fraude se castiga con pena de tres a doce años de prisión cuando el valor de lo defraudado fuere mayor de doce mil pesos.

6. Inconforme con la negativa de libertad caucional hecha por el C. juez Cuarto de lo Penal, interpuse el recurso de apelación que se tramitó y resolvió por la Sexta Sala del Tribunal Superior de justicia, confirmando la negativa de libertad bajo fianza.

 

VII. Conceptos de violación.

 

Primero. Se violan en mi perjuicio los artículos 14, 16 y 20 constitucionales.

En efecto, los artículos 14 y 16 constitucionales establecen el principio de legalidad y es el caso que la autoridad responsable, Sexta Sala del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, no se apega a los principios legales que se derivan del Código Penal. En efecto, si ya se exhibieron comprobantes de que el monto de lo presuntamente defraudado asciende a ________ y no a ________, hay una indebida aplicación de la fracción III del artículo 386 del Código Penal para el Distrito Federal, siendo que la aplicable es la fracción II del mismo artículo 386 del Código Penal citado.

La fracción II del artículo 386 del Código Penal establece una pena de prisión de seis meses a tres años si el valor de lo defraudado excediere de doscientos pesos, pero no de doce mil pesos.

A su vez, la fracción III del artículo 386 del Código Penal determina una pena de tres años a doce años de prisión si el valor de lo defraudado fuere mayor de doce mil pesos.

En el caso a estudio, aunque el auto de formal prisión se dictó por un presunto fraude de ________, demostré con prueba documental pública que el presunto fraude ascendió no a ________sino a ________. En consecuencia, debió haberse aplicado la fracción II del artículo 386 del Código Penal y no debió aplicarse indebidamente la fracción III del artículo 386 del Código Penal. Al no haberlo considerado así la autoridad responsable, viola estos preceptos y consecuentemente los artículos 14 y 16 constitucionales. Sobre el particular, nos remitimos al considerando segundo de la resolución impugnada en este amparo en donde se hace la violación constitucional a que me refiero.

Por otra parte, se viola el artículo 20, fracción I de la Constitución General de la República. En efecto, este dispositivo constitucional determina:

'Inmediatamente que lo solicite será puesto en libertad bajo fianza, que fijará el juez, tomando en cuenta sus circunstancias personales y la gravedad del delito que se le impute, siempre que dicho delito merezca ser castigado con pena cuyo término medio aritmético no sea mayor de cinco años de prisión...'

En la especie, el delito, dado los comprobantes de pago que exhibí no asciende a ________, sino a ________, por tanto, independientemente de lo que se indique en el auto de formal prisión, debe estimarse que la pena de prisión que corresponde no es la de la fracción III del artículo 386 del Código Penal, sino la de la fracción II del mismo precepto, por lo que el suscrito tiene derecho a la libertad bajo fianza. Al no haberlo considerado así la autoridad responsable, en el considerando segundo de la sentencia impugnada, incurrió en violación de la fracción I del artículo 20 constitucional por lo que se me deberá conceder el amparo y protección de la justicia Federal.

Segundo. Se violan en mi perjuicio los artículos 14 y 16 constitucionales, en relación con el artículo 250 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

En efecto, al no valorarse adecuadamente las pruebas documentales públicas que exhibí, consistentes en recibos expedidos por la Tesorería del Distrito Federal, con los que acredité que pagué, en beneficio del presunto ofendido, _______________________, la cantidad de ________, se violó en mi perjuicio, directamente el artículo 250 del Código de Procedimientos Penales e indirectamente, el principio de legalidad que preconizan los artículos 14 y 16 constitucionales.

Señala literalmente el artículo 250 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal:

'Los instrumentos públicos harán prueba plena....'

Por tanto, con los recibos expedidos por la Tesorería del Distrito Federal, demostré que pagué el impuesto predial por los bimestres que amparan los citados recibos, en beneficio del ofendido por lo que, el presunto fraude que se me imputa no asciende a ________sino en todo caso, a ________. Por supuesto que, el suscrito no cometió fraude alguno pero, la argumentación anterior sólo hace referencia al derecho que tengo en el sentido de que se me conceda la libertad bajo fianza.

Siendo que se incurrió por la Sexta Sala en la violación de los preceptos constitucionales citados es procedente que se me conceda el amparo y protección de la justicia Federal para el efecto de que el suscrito pueda gozar de la libertad bajo fianza a que tengo derecho.

Por lo expuesto,

 

A usted, C juez, atentamente pido se sirva:

 

Primero. Tenerme por presentado, en los términos de este escrito y copias que acompaño, promoviendo el amparo y protección de la justicia Federal, contra la resolución de la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia, por la que se confirma el auto que niega al suscrito la libertad bajo fianza.

Segundo. Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia constitucional.

Tercero. De proceder, suplir la deficiencia de la queja formulada.

Cuarto. En su oportunidad, previos los trámites de ley, dictar sentencia en la que se conceda el amparo solicitado.

 

Protesto lo necesario.

 

México, Distrito Federal, a ______________________________ .

 

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