Michoacán
> Juzgado Primero Civil de Uruapan
Materia: Civil
Tipo: Sumario Civil: Sobre cuestiones relativas a la rescisión o cumplimiento de contratos de compraventa
RESUMEN: El Expediente 713/2019 en Materia Civil y de tipo Sumario Civil: Sobre Cuestiones Relativas A La Rescisión O Cumplimiento De Contratos De Compraventaen el Juzgado Primero Civil en Uruapan, Michoacán. El Proceso inició el 19 de Julio del 2019 y cuenta con 36 Notificaciones.
Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito
Por recibido oficio que remite el Juez Tercero Civil de este Distrito Judicial, mediante el cual solicita la credencial para votar expedida por el IFE, dígasele que para estar en condiciones de acordad su petición, se le solicita proporcione copias certificadas de las constancias donde se acredita la exhibición de la original de dicha credencial.
Se tiene a X, recusando sin expresión de causa a este juzgado. Dese de baja por auto de recusación. OTRO AUTO. Se manda reservar los escritos de X y X, para ser acordados por la autoridad que se avoque al conocimiento del juicio.
Se tiene a la perito tercero en discordia emitiendo su dictamen pericial, póngase a la vista de las partes por el plazo de tres días. Se requiere a las partes para que en tres días consignen a favor de la ocursante la parte proporcional que le corresponde a los honorarios. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.
Por recibido oficio que remite el Notario Público 6 en el Estado, mediante el que expone los motivos por los cuales no es posible mostrar al perito tercero en discordia el contrato privado que indica, se ordena agregar a los autos.
Se tiene a la ocursante aceptando y protestando el cargo de perito tercero en discordia. Se le requiere para que en tres días emita su dictamen pericial, respecto de los documentos de los que se ofertó y que obra en autos apercibida que de no hacerlo, será removida del cargo conferido. Se ordena enviar oficio a a la Notaria Pública 6 para los fines referidos.
Dígasele al promovente que no ha lugar a remover del cargo al perito X, con base en lo argumentos que expone, en razón de que de las constancias se desprende los motivos por los cuales el perito no rindió el dictamen pericial respecto de la documental que menciona.
No ha lugar a tener a X, objetando el dictamen pericial emitido por el perito de la contraria virtud a que el código no contempla esa posibilidad, no obstante se le tiene haciendo sus manifestaciones. Otro acuerdo, como lo solicita el ocursante, se designa Perito tercero en discordia, NOTIFIQUESE PERSONALMENTE,
Se tiene a X, perito de la parte demandada, emitiendo su dictamen pericial, en la forma y términos de su ocurso, el que se deja a la vista de la partes por el plazo de tres días para los efectos legales conducentes. Se le tiene exponiendo las razones por las que no rinde su dictamen pericial respecto de la documental de data 15 quince de enero de 2003 dos mil tres por los motivos que expone. OTRO AUTO. Se tiene a X, exponiendo las razones o motivos por las que no rinde su dictamen pericial respecto de la documental de data 15 quince de enero de 2003 dos mil tres por los motivos que expone.
Se tiene a X, exhibiendo copia del oficio 697, con sello de recibido de quien esta dirigido. Se requiere a los peritos de las partes para que en tres días contados a partir del día siguiente en que cause estado este auto, emitan su dictamen pericial.
Se tiene al perito de la parte actora, emitiendo su dictamen pericial, en la forma y términos de su ocurso. Se aclaran los autos de data 24 veinticuatro de agosto y 2 dos de los actuales, por cuanto a que se refiere a que el cargo encomendado al ocursante, es el de perito en rebeldía de la parte actora y no de la parte demandada. OTRO AUTO. Se tiene a X, contestando en tiempo la vista que se le dio. Como lo solicita se ordena enviar oficio al notario Público 6, para los fines precisados.
PoderJudicialVirtual.com
Servicio al Cliente
Información