Michoacán
> Juzgado Quinto Menor Civil de Morelia
Materia: Civil
Tipo: Ejecutivo Mercantil: Pago de pesos
RESUMEN: El Expediente 1424/2019 en Materia Civil y de tipo Ejecutivo Mercantil: Pago De Pesosen el Juzgado Quinto Menor Civil en Morelia, Michoacán. El Proceso inició el 11 de Noviembre del 2019 y cuenta con 17 Notificaciones.
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Visto el estado procesal que guardan los autos del presente juicio, como de los mismos se desprende que a la fecha las partes han dejado de instar su curso por mas de noventa días, se remite el expediente al Archivo del Poder Judicial para su guarda provisional, previas las anotaciones que se realicen en el Libro de Gobierno que se lleva en este órgano jurisdiccional, para los efectos legales procedentes.
Toda vez que la sentencia interlocutoria pronunciada en autos ha causado ejecutoria por ministerio de Ley, como lo solicita el ocursante, se manda requerir a la parte demandada mediante NOTIFICACIÓN PERSONAL, para que dentro del término correspondiente cumpla voluntariamente con la sentencia que se menciona, bajo apercibimiento legal.-
Se tiene al ocursante, revocando el carácter de endosatario en procuración a la persona que indica, para los efectos legales correspondientes. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.-
SENTENCIA INTERLOCUTORIA. P U N T O S R E S O L U T I V O S: PRIMERO. Quedó surtida la competencia de este Tribunal para conocer y resolver la presente cuestión incidental. SEGUNDO. Resultó parcialmente procedente el incidente de liquidación de sentencia, promovido por XXXX a través de su endosatario en procuración. TERCERO. Por consiguiente, se condena a la demandada XXXX a pagar a favor de la parte actora la suma total $4,542.89 cuatro mil quinientos cuarenta y dos pesos con ochenta y nueve centavos, moneda nacional, por concepto de intereses ordinarios. CUARTO. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a las partes.
Como lo solicita el ocursante, se ordena poner los autos a la vista de la suscrita Juez, a fin de que dicte la resolución correspondiente dentro del incidente que se indica.-
Por recibido oficios que remite el Jefe del Archivo del Poder Judicial del Estado de Michoacán, mediante el cual señala que no es posible enviar el expediente en que se actúa por el motivo que indica, la Titular queda enterada de su contenido.-
Se ordena solicitar al Jefe del Archivo del Poder Judicial el expediente en que se actúa, para los efectos legales que se señalan.
Visto el estado procesal que guardan los autos del presente juicio, y toda vez que las partes han dejado de instar por más de 90 días, se ordena remitir el expediente al Archivo del Poder Judicial para su guarda provisional.-
Se tiene al ocursante, promoviendo incidente de regulación de intereses ordinarios, el cual se admite en la forma y términos que se señalan. NOTIFIQUESE PERSONAMENTE A LA PARTE DEMANDADA.-
Como lo solicita la gestionante, se ordena requerir a la demandada para que en el término de tres días cumpla de manera voluntaria con lo que se indica, bajo apercibimiento legal. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.
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