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. | Tercera Sección De La Sala Superior Del Tribunal Justicia Exp: 980/2018

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De México de Segundo Circuito
Actor: * * * * *.
Demandado: Tercera Sección De La Sala Superior Del Tribunal De Justicia Administrativa Del Estado De México .
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 980/2018 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por * * * * * en contra de Tercera Sección De La Sala Superior Del Tribunal De Justicia Administrativa Del Estado De México en el Juzgado Segundo De Distrito En El Estado De México en Circuito 2 (Estado de México). El Proceso inició el 18 de Junio del 2018 y cuenta con 32 Notificaciones.

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Notificaciones del Expediente 980/2018

  • 17 de Diciembre del 2021

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno. Agréguese el oficio proveniente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual devuelve los autos originales del presente juicio e informa que el trece de noviembre pasado, causó estado el proveído por el cual se desechó el recurso de revisión 439/2019, interpuesto por ******; acúsese recibo. Desglósense las actuaciones originales del cuaderno de antecedentes, para ser integradas a los autos como corresponda. En consecuencia, háganse las anotaciones respectivas y toda vez que por acuerdo de once de octubre de dos mil dieciocho, se ordenó el archivo del expediente como concluido, devuélvase al lugar de su resguardo de este Juzgado. Notifíquese, vía electrónica a la parte quejosa.

  • 17 de Febrero del 2020

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, catorce de febrero de dos mil veinte. Agréguese a los autos el oficio del Actuario Judicial Adscrito al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual, remite el testimonio de la resolución dictada el treinta de enero de dos mil veinte, en los autos del recurso de queja 386/2019, interpuesto por el quejoso Marco Antonio García Bailón, cuyo punto resolutivo es el siguiente: "...ÚNICO. Es infundado el recurso de queja". En consecuencia, acúsese recibo de estilo a la superioridad. Por otra parte, agréguese el oficio de la Secretaria del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual, informa que ha causado estado el auto de quince de noviembre de dos mil diecinueve, dictado en el A.R 449/2019, de su índice, por el cual declaro improcedente y desechó el recurso de revisión interpuesto por el quejoso ..., de lo que se toma conocimiento.

  • 03 de Diciembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, dos de diciembre de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos el oficio procedente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual informa que causó estado el proveído de veintinueve de octubre del año en curso, por el que desechó por improcedente el recurso de reclamación, ordenando el archivo del expediente 47/2019 de su índice como concluido; de lo que, este juzgado toma conocimiento para los efectos legales conducentes.

  • 25 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos el oficio procedente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual acusa recibo del recurso de revisión e informa que lo registro con el número 449/2019, mismo que desechó al no ser el medio idóneo para impugnar el auto de veintidós de octubre del año en curso.

  • 21 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos el oficio proveniente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual acusa recibo de las constancias remitidas para sustanciar el recurso de queja e informa que se admitió con el número 386/2019.

  • 15 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, catorce de noviembre de dos mil diecinueve. Agréguense a los autos los oficios procedentes del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por los cuales acusa recibo de los recursos de reclamación, recurso de revisión y queja e informa que los registro con los números 48/2019, 433/2019 y 371/2019, mismos que desechó por improcedentes.

  • 12 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, once de noviembre de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos el oficio proveniente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por medio del cual remite el escrito enviado vía electrónica por el quejoso..., mediante el cual interpone recurso de revisión, queja, reclamación e inconformidad; sin embargo, no ha lugar a acordar de conformidad sobre su contenido, virtud de que por auto de veintinueve de octubre del año en curso, se proveyó respecto a dicho ocurso de idéntico contenido.

  • 11 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, ocho de noviembre de dos mil diecinueve. Vista la primera certificación que antecede, en la cual se hace constar que las partes se encuentran debidamente notificadas de la resolución impugnada y del recurso de revisión interpuesto (registro 19365). En consecuencia, como se encuentra ordenado en autos, con el original y copia del escrito de agravios, remítase copias certificadas de diversas constancias relativas al juicio de amparo del cual deriva el presente cuaderno de antecedentes al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, en turno, para la substanciación del recurso citado, solicítese el acuse de recibo correspondiente. Se hace del conocimiento al Órgano Colegiado que en fecha veintinueve de octubre del año en curso (foja 202), se remitieron los autos originales del juicio de amparo 980/2018-VI, al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, en turno, para sustanciar diverso recurso de revisión, sin que a la fecha se tenga a quien le toco conocer de ese medio. Por otra parte, vista la segunda certificación que antecede, de la que se advierte que ha fenecido el término de tres días otorgado a las partes para que señalaran las constancias que deberán remitirse al órgano colegiado, para la substanciación del recurso de queja interpuesto (registro 19366). Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 101 de la Ley de Amparo, ríndase el informe expresando que es cierto que este Juzgado Federal dictó el proveído que se recurre; por lo tanto, acompáñese el original del escrito del recurso, así como copia certificada que contiene al menos el auto impugnado, las constancias que en su caso señalaron las partes y de las que tienen relación con el medio de defensa interpuesto, además de las constancias de notificación tanto del auto impugnado como del acuerdo de admisión del recurso. Solicítese el acuse de recibo correspondiente.

  • 08 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, siete de noviembre de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos el oficio procedente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por el cual acusa recibo del recurso de inconformidad e informa que lo registro con el número 55/2019, mismo que desechó al no ser el medio idóneo para impugnar el auto de veintidós de octubre del año en curso.

  • 06 de Noviembre del 2019

    Naucalpan de Juárez, Estado de México, cinco de noviembre de dos mil diecinueve. Agréguese a los autos el oficio proveniente de la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, por medio del cual remite copia certificada del proveído de treinta de octubre del año en curso, dictado en el recurso de revisión 66/2018 de su índice, del que se advierte señala constancias que deberán remitirse al Tribunal para resolver el recurso de queja; sin embargo, no ha lugar a acordar de conformidad, dado que las actuaciones a que se hace referencia fueron remitidas para resolver diverso medio de impugnación interpuesto en autos.

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