Federal
> Juzgado Decimosegundo De Distrito En El Estado De Guanajuato de Décimo Sexto Circuito
Actor: Rosa Araceli Muñoz Torres Y Otros.
Demandado: Secretario De Seguridad Pública Del Municipio De León, Guanajuato Y Otros.
Materia: Penal, Laboral, Civil o Administrativa
Tipo: Amparo indirecto
RESUMEN: El Expediente 706/2019 en Materia Penal, Laboral, Civil o Administrativa y de tipo Principal fue promovido por Rosa Araceli Muñoz Torres Y Otro en contra de Secretario De Seguridad Pública Del Municipio De León, Guanajuato Y Otroen el Juzgado Decimosegundo De Distrito En El Estado De Guanajuato en Circuito 16 (Guanajuato). El Proceso inició el 10 de Septiembre del 2019 y cuenta con 29 Notificaciones.
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Se advierte que la determinación de veinticinco de agosto anterior, en la que se tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo emitida en el presente asunto, no se impugnó a través del recurso de inconformidad. Asimismo, háganse las anotaciones de estilo en el Libro de Gobierno de este Juzgado, y archívese el expediente en que se actúa como asunto totalmente concluido.
La directora de lo Contencioso adscrita a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Municipio de León, solicita el archivo definitivo del presente juicio, en virtud de que ya se tuvo por cumplida la sentencia. En su atención, dígase a la oficiante que no ha lugar a proveer de conformidad, pues al día de hoy no ha transcurrido el plazo de quince, para que la parte quejosa se inconforme con la determinación que tuvo por cumplido el fallo protector.
Se notifica por medio de lista, con efectos de notificación personal a la parte quejosa, el proveído de veinticinco de agosto del año en curso, que en lo conducente dice: Este organo jurisdiccional declara cumplido el fallo protector.
Se notifica por medio de lista, con efectos de notificación personal a la parte quejosa, el proveído de veinticinco de agosto del año en curso, que en lo conducente dice: Este organo jurisdiccional declara cumplido el fallo protector.
Se notifica por medio de lista, con efectos de notificación personal a la parte quejosa, el proveído de cinco de marzo del año en curso, que en lo conducente dice; Juez Cívico General de esta ciudad, hace del conocimiento de este órgano jurisdiccional que en su carácter de superior jerárquico del Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte, informa que por diverso comunicado S.S.P/J.C.G/929/02/2020, requirió a dicha responsable el cumplimiento de la sentencia de amparo. Por otra parte, agréguese a los autos el oficio S.S.P/J.C.G/931/03/2020, a través del cual el Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte con residencia en esta ciudad, atiende el requerimiento efectuado el pasado veintisiete de febrero, con el contenido de dichas documentales, dese vista a la parte quejosa para que dentro de tres días, manifieste lo que a su interés convenga, en la inteligencia de que transcurrido dicho plazo, este juzgado dictará resolución en la que declare si la sentencia está cumplida o no, si se incurrió en exceso o defecto, o si hay imposibilidad para cumplirla.
Se notifica por medio de lista, con efectos de notificación personal a la parte quejosa, el proveído de cinco de marzo del año en curso, que en lo conducente dice; Juez Cívico General de esta ciudad, hace del conocimiento de este órgano jurisdiccional que en su carácter de superior jerárquico del Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte, informa que por diverso comunicado S.S.P/J.C.G/929/02/2020, requirió a dicha responsable el cumplimiento de la sentencia de amparo. Por otra parte, agréguese a los autos el oficio S.S.P/J.C.G/931/03/2020, a través del cual el Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte con residencia en esta ciudad, atiende el requerimiento efectuado el pasado veintisiete de febrero, con el contenido de dichas documentales, dese vista a la parte quejosa para que dentro de tres días, manifieste lo que a su interés convenga, en la inteligencia de que transcurrido dicho plazo, este juzgado dictará resolución en la que declare si la sentencia está cumplida o no, si se incurrió en exceso o defecto, o si hay imposibilidad para cumplirla.
Juez Cívico General de esta ciudad, hace del conocimiento de este órgano jurisdiccional que en su carácter de superior jerárquico del Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte, informa que por diverso comunicado S.S.P/J.C.G/929/02/2020, requirió a dicha responsable el cumplimiento de la sentencia de amparo. Por otra parte, agréguese a los autos el oficio S.S.P/J.C.G/931/03/2020, a través del cual el Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte con residencia en esta ciudad, atiende el requerimiento efectuado el pasado veintisiete de febrero, con el contenido de dichas documentales, dese vista a la parte quejosa para que dentro de tres días, manifieste lo que a su interés convenga, en la inteligencia de que transcurrido dicho plazo, este juzgado dictará resolución en la que declare si la sentencia está cumplida o no, si se incurrió en exceso o defecto, o si hay imposibilidad para cumplirla.
Juez Cívico General de esta ciudad, hace del conocimiento de este órgano jurisdiccional que en su carácter de superior jerárquico del Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte, informa que por diverso comunicado S.S.P/J.C.G/929/02/2020, requirió a dicha responsable el cumplimiento de la sentencia de amparo. Por otra parte, agréguese a los autos el oficio S.S.P/J.C.G/931/03/2020, a través del cual el Juez Cívico adscrito a la Delegación Norte con residencia en esta ciudad, atiende el requerimiento efectuado el pasado veintisiete de febrero, con el contenido de dichas documentales, dese vista a la parte quejosa para que dentro de tres días, manifieste lo que a su interés convenga, en la inteligencia de que transcurrido dicho plazo, este juzgado dictará resolución en la que declare si la sentencia está cumplida o no, si se incurrió en exceso o defecto, o si hay imposibilidad para cumplirla.
El director General de Tránsito Municipal con residencia en esta ciudad, atiende el requerimiento efectuado el pasado veintisiete de febrero. Se tiene a la oficiante dando cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio. una vez que se cuente con las constancias relativas, se dará vista conjunta con las constancias.
El director General de Tránsito Municipal con residencia en esta ciudad, atiende el requerimiento efectuado el pasado veintisiete de febrero. Se tiene a la oficiante dando cumplimiento a la ejecutoria dictada en el presente juicio. una vez que se cuente con las constancias relativas, se dará vista conjunta con las constancias.
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