Características del servicio

Intergas Del Norte S. A. De C.v. Y Otros. | órgano Gobierno La Exp: 126/2019

Federal > Juzgado Segundo De Distrito En Materia Administrativa, Especializado En Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia En La Ciudad De México Y Jurisdicción En Toda La República de Primer Circuito
Actor: Intergas Del Norte, S. A. De C.v. Y Otros.
Demandado: órgano De Gobierno De La Comisión Reguladora De Energía Y Otros.
Materia: Administrativa Competencia Económica, Radiodifusión o Telecomunicaciones
Tipo: Amparo indirecto

RESUMEN: El Expediente 126/2019 en Materia Administrativa Competencia Económica, Radiodifusión o Telecomunicaciones y de tipo Incidental fue promovido por Intergas Del Norte, S. A. De C.v. Y Otro en contra de Órgano De Gobierno De La Comisión Reguladora De Energía Y Otroen el Juzgado Segundo De Distrito En Materia Administrativa, Especializado En Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia En La Ciudad De México Y Jurisdicción En Toda La República en Circuito 1 (Ciudad de México). El Proceso inició el 15 de Febrero del 2019 y cuenta con 9 Notificaciones.

Recibir notificaciones por correo y agregar a Mis Expedientes

Recibir notificaciones
de este Expediente

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Es gratis para usuarios nuevos y no necesita cumplir ningún requisito

Notificaciones del Expediente 126/2019

  • 20 de Junio del 2019

    Vistas las constancias y la certificación secretarial de cuenta, se declara que la sentencia definitiva, HA CAUSADO EJECUTORIA. Háganse las anotaciones correspondientes y archívese el presente expediente como asunto totalmente concluido, dejando por cuerda separada el cuaderno incidental derivado del mismo. En la inteligencia de que este expediente será susceptible de depuración y el cuaderno incidental original susceptible de destrucción. Devuélvanse a las partes las documentales que, en su caso, hayan exhibido en copia certificada o simple en el presente juicio; las mismas se dejan a su disposición en este Juzgado, por el término de tres días, para que las recojan; de no hacerlo, serán destruidas junto con las constancias que corresponda. NOTIFÍQUESE.

  • 23 de Mayo del 2019

    SENTENCIA. PRIMERO. Se sobresee en el presente juicio de amparo, promovido por la parte quejosa

  • 11 de Marzo del 2019

    Las autoridades de la Comisión Reguladora de Energía rinden su informe justificado; con su contenido dese vista a las partes. Téngase como domicilio el que señalan; como delegados a las personas que designan; y como pruebas las que se indican. NOTIFÍQUESE.

  • 08 de Marzo del 2019

    Las autoridades de la Comisión Reguladora de Energía rinden su informe justificado; con su contenido dese vista a las partes. Téngase como domicilio el que señalan; como delegados a las personas que designan; y como pruebas las que se indican. NOTIFÍQUESE.

  • 05 de Marzo del 2019

    Se devuelve diligenciado el exhorto librado en autos; acúsese recibo. Se tiene por notificada a la parte que se señala, del acuerdo que se precisa y, toda vez que ha transcurrido el término concedido en autos, sin que la parte que nos ocupa señalara domicilio de su parte en la Ciudad de México; se hace efectivo el apercibimiento decretado, por lo que las subsecuentes notificaciones a dicha parte, aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista, hasta en tanto señale domicilio en el lugar de residencia de este Juzgado de Distrito. NOTIFÍQUESE.

  • 22 de Febrero del 2019

    RESOLUCIÓN. ÚNICO. Se niega la suspensión definitiva. NOTIFÍQUESE.

  • 21 de Febrero del 2019

    La Comisión Reguladora de Energía rinde su informe previo; con su contenido dese vista a las partes. Téngase como domicilio el que señala y como delegados a las personas que designa. NOTIFÍQUESE.

  • 15 de Febrero del 2019

    Los Juzgados Segundo, Sexto y Quinto de Distrito en La Laguna, en el Estado de Coahuila, con residencia en Torreón, remiten los autos originales de los expedientes 166/2019, 171/2019 y 156/2019 de su respectivo índice, al haberse declarado legalmente incompetentes para conocer de esos asuntos; acúsese recibo. Este Juzgado acepta la competencia declinada y se avoca al conocimiento de los asuntos; fórmese expediente impreso y electrónico, háganse las anotaciones correspondientes y regístrese con los números 120/2019, 123/2019 y 126/2019. Por las razones apuntadas, acumúlese los juicios de amparo registrados con los números 123/2019 y 126/2019 al diverso sumario constitucional 120/2019. Se admite a trámite la demanda de amparo. Tramítese, como se indica, el incidente de suspensión. Dese la intervención que legalmente corresponde a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este Juzgado. Requiérase a las autoridades responsables para que rindan su informe justificado, en los términos apuntados. Apercibidas. Se fijan las DIEZ HORAS DEL DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional. En su caso, téngase por ofrecidas y admitidas como pruebas de la parte quejosa las que se indican. Se ordena la compulsa, certificación y digitalización de las documentales que se indica, para que obren como se detalla. Se tiene como representante común de la parte quejosa a la persona jurídica que se señala. Téngase como sus autorizadas, en los términos precisados, a las personas que designó. Líbrese únicamente vía electrónica el exhorto 30/2019, dirigido al Juzgado de Distrito en La Laguna, en el Estado de Coahuila, con residencia en Torreón, , para que realice lo que se indica. Se autoriza a la totalidad de las partes el uso de medios electrónicos, previa toma de razón y firma de conformidad, con excepción de los documentos clasificados como reservados o confidenciales. Finalmente, cuando con motivo de una notificación personal, la misma se realice por medio de lista, las copias autorizadas de los autos o resoluciones a notificar, y en su caso las de traslado, de dejarán a disposición de la parte respectiva, sólo por el término de tres días para que acudan a recogerlas, de no hacerlo, serán destruidas. NOTIFÍQUESE; Y POR EXHORTO A LA PARTE QUEJOSA.

  • 15 de Febrero del 2019

    Vista la cuenta; como está ordenado en el cuaderno principal, fórmese expediente impreso y electrónico, y tramítese por duplicado el incidente de suspensión de los actos reclamados, relativo al juicio de amparo 120/2019 y sus acumulados 123/2019 y 126/2019. Requiérase a las autoridades responsables su informe previo, el que deberán rendir en los términos indicados. Apercibidas. Se fijan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL VEINTIUNO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECINUEVE, para la celebración de la audiencia incidental. Es improcedente conceder la suspensión provisional solicitada, por los motivos expuestos. En su caso, téngase por ofrecidas y admitidas como pruebas de la parte quejosa las que se indican. Se autoriza a la totalidad de las partes el uso de medios electrónicos, previa toma de razón y firma de conformidad, con excepción de los documentos clasificados como reservados o confidenciales. Finalmente, cuando con motivo de una notificación personal, la misma se realice por medio de lista, las copias autorizadas de los autos o resoluciones a notificar, y en su caso las de traslado, se dejarán a disposición de la parte respectiva, sólo por el término de tres días para que acudan a recogerlas, de no hacerlo, serán destruidas. NOTIFÍQUESE

antecedentes
“Por varias razones, sospechaba que mi abogado no estaba haciendo su trabajo correctamente… gracias a PoderJudicialVirtual.com me siento muy tranquilo porque doy cuenta de todo. He cambiado de abogado y pude evitar perder mucho dinero.” Alfonso Suárez Ingeniero Civil
antecedentes
“Antes de hacer negocios con cualquier persona o contratar a alguien, verifico si tiene antecedentes, así tengo la certeza de saber con que tipo de persona estoy tratando. Me he ahorrado varios problemas y dinero.” Saúl Fernández Empresario
Aceptamos pagos con Paypal Aceptamos depósitos en OXXO y Seven Eleven Aceptamos Bancomer, Citibanamex, HSBC, Banorte y Santander
certificado de seguridad ssl 1 certificado de seguridad ssl 2 certificado de seguridad ssl 3 certificado de seguridad ssl 4