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Sentencia En Juicio Ordinario Mercantil 2

 

Vistos, para resolver en definitiva los autos del juicio ordinario mercantil promovido por ____________________, en contra de ___________________, y,

 

RESULTANDO

 

I. Por escrito de fecha __________________, el señor _________________, demando, en la vía ordinaria mercantil del señor _________________, la rescisión de un contrato de compraventa celebrado respecto de un camión de redilas, la devolución, como consecuencia, de la cantidad de dinero que el demandado tiene recibida, la declaración de nulidad de _______ letras de cambio que, con motivo de la citada operación aceptó a favor del demandado y el pago de los daños y perjuicios y gastos y costas del juicio.

 

II. Admitida que fue la demanda se corrió traslado al demandado, quie4n la contestó dentro del término legal, habiendo objetado éste la vía ordinaria mercantil elegida, en virtud de que ninguno de los actos enumerados en la demanda constituye un acto de comercio, tanto por le contenido de ellos, como por le carácter de los sujetos, argumentando que es procedente la vía ordinaria civil, y que nos e trata de una compraventa, sino de una cesión de derechos.

 

III. Abierto el juicio a pruebas, la documental consistente en __________ base de la acción, el documental consistente en _____________, el documental consistente en _____________, el documental consistente en _____________, la testimonial a cargo de ______________, la inspección ocular. El demandado se abstuvo de ofrecer pruebas. Pasado el asunto el desahogo de pruebas correspondientes, se ratificaron los documentos suscritos, y se rindió la testimonial de los testigos antes citados.

 

CONSIDERANDO

 

1. El demandado al contestar la demanda y en los términos del resultando _________ objetó la procedencia de la vía ordinaria mercantil intentada por el actor, conforma a los artículos 1127 del Código de Comercio, que a la letra dicen:

 

'___________________________________________________'.

 

Es de analizarse en el caso concreto que se examina si procede o no la vía ordinaria mercantil propuesta y al efecto tenemos que, de las probanzas rendidas no se acredita, en los términos del artículo __________ del Código de Comercio, ni se deduce del escrito de demanda, ni del de contestación, que la situación este comprendida en el artículo _________ del Código de Comercio. Por otra parte, no aparece que, de acuerdo al artículo 75 del Código de Comercio, se trate de una compraventa mercantil. Por tanto, y habiendo realizado el demandado un acto de naturaleza civil, es procedente, de conformidad con el artículo 1127 del Código de Comercio, que la contienda se siga conforme a las reglas del derecho común por lo que es de declararse y se declara improcedente la vía ordinaria mercantil intentada y, en consecuencia no ha legar a examinar los demás puntos litigiosos, reservándose a las partes sus derechos para que lo hagan valer en su oportunidad y en la vía que resulte procedente, debiendo absolverse a la parte demandada de las prestaciones reclamadas en le presente juicio pero, con las reseras mencionadas.

 

2. Con base en el artículo 1084 del código de Comercio, no se hace condenación en costas, en virtud de que no hay prevención en tal sentido por la ley y dado que a juicio del suscrito, ninguna de las partes ha procedido con temeridad o mala fe.

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se resuelve:

 

PRIMERO. No procedió la vía ordinaria mercantil intentada.

 

SEGUNDO. Se absuelve a la parte demandada, el señor ____________________, de la demanda intentada en su contra por el actor.

 

TERCERO. Se reservan los derechos de la parte actora, para que los haga valer en la vía y forma que corresponda.

 

CUARTO. No se hace especial condenación en costas.

 

QUINTO. Notifíquese.

 

Así definitivamente juzgando lo resolvió y firma el C. Juez de lo Civil, Lic. _________________________. Doy fe.

 

___________, __________ a __________ de ___________

 

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FIRMA

 

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