Resolución definitiva del Consejo Tutelar para Menores Infractores en causa penal
PROCEDENCIA: ________________
NOMBRE DEL MENOR: ____________
SALA: ____________________
C.I.______________________
CONSEJO TUTELAR PARA MENORES
INFRACTORES DEL DISTRITO FEDERAL.
México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala del Consejo Tutelar, correspondiente al día ______ de __________ de _____________.
VISTO para RESOLUCION DEFINITIVA el expediente citado al rubro, relativo al menor _________________________ y, ______________________________.
RESULTANDO:
1.- Con fecha ____________________ ingresó ___________________ a esta Institución, proveniente de la _______ Agencia Investigadora del Ministerio Público del D.F, en relación con la Averiguación Previa ___________________ como presunto sujeto ____________________________ de ________________
2.- Al ser presentando al menor ante el Consejero Instructor _____________ en presencia del promotor ______ ________________ y los padres del menor, señor ___________________________ y señora _______________________, el Consejero Instructor procedió a informar al menor en lenguaje sencillo y adecuado a las circunstancias las causas por la que fue puesto a disposición del Consejo Tutelar y una vez que fue de su conocimiento manifestó: ____________________ _______________________
3.- Con fecha __________ se dictó resolución inicial por la que se determinó que el menor quedara _________________ sujeto a estudios de personalidad.
CONSIDERANDO:
PRMERO.- Que la minoría de edad de ___________________ quedó acreditada como señala el artículo 65 de la Ley que crea el Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal con la copia fotostática de su acta de nacimiento de la que aparece que nació _________________________, por lo que este Consejo es competente para dictar resolución como se hace.
SEGUNDO.- Que en, acatamiento a lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley que regula las actividades de esta institución, en el curso del procedimiento se escucho al menor en diversas ocasiones con el objeto de obtener información sobre su conducta en relación a los hechos que se le atribuyen; se escuchó a los padres del mismo y a los padres de la victima, así como al Promotor, que estuvo presente en todas las diligencias, llegándose a la conclusión de que los hechos y la conducta que le atribuyen, quedaron acreditados, toda vez, que el propio menor admite que: ________________________________________________.
TERCERO.- Que con el propósito de conocer la personalidad del menor, se le practicaron los estudios médico, psicológico, pedagógico y social que marca el artículo 44 de la Ley que creó el Consejo, de los que se obtuvieron los siguientes resultados:
1.- Diagnósticos MEDICOS y tratamiento.
2.- Diagnósticos SOCIALES y medidas asistenciales.
3.- Diagnósticos PSICOLOGICOS y medidas terapéuticas recomendables.
4.- Diagnósticos y recomendaciones pedagógicas.
CUARTO.- Que el examen de las constancias que integran este expediente, de las pruebas recibidas y de los estudios de personalidad practicados al menor _________________________ se llega a la conclusión de que esta acreditado que________________ cometió (tal ilícito), y que de los estudios médico, social psicológico y pedagógico que le fueron practicados se desprende: del médico _________________, del social ______________, del psicológico _________ y del pedagógico.
Por lo que, con fundamento en el artículo 61 de la Ley que creó el Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal, tomando en cuenta las, circunstancias del caso, se estima que para la rehabilitación social del menor __________________ deberá ser (reintegrado a su hogar en libertad vigilada a cargo del Departamento de Prevención Social, consistiendo ésta en vigilancia, orientación respecto a sus amistades que tiene en el medio ambiente extrafamilar en que, se desenvuelve; debiendo recomendarse a los padres que el menor tiempo posible sustraigan al menor del medio ambiente extrafamiliar que frecuenta, etc), (o bien que el menor ____________________ deberá ser internado en _______________________ por el término necesario para su reeducáción; recomendándose que se le proporcione el siguiente tratamiento: _______________
______________________________________________________________________________________________________________________.
Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos 2o., 28, 35, 39, 40, 61 y demás relativos de la Ley que crea el Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal, se resuelve:
PRIMERO.- Por haberse acreditado los extremos del artículo 2o. de la Ley, se decreta el internamiento del menor ___________________ en la Escuela de Orientación para Varones; para ser adecuada para la orientación y del tratamiento requerido.
Esta medida tiene duración indeterminada y queda sujeto a la revisión prevista en el artículo 53 de la Ley (o bien se reintegra a su hogar al menor _________ debiendo ser entregado a sus padres ______________________ a cuya responsabilidad deberá permanecer; El menor queda sujeto a vigilancia de esta Institución a través de la Dirección de Prevención Social, en libertad vigilada).
SEGUNDO.- Con copia de esta resolución, entérese a la autoridad ejecutora para los efectos del artículo 43 de la Ley.
Así lo resolvieron por unanimidad de votos los Integrantes de ________________ Sala, siendo ponente el C. ___________________________.
Autoriza el Secretario de Acuerdos de la Sala.
CONSEJERO PRESIDENTE
LIC. ______________________
CONSEJERO MEDICO
Dr._________________
CONSEJERO PROFESOR
Lic. . ____________________
EL SECRETARIO DE ACUERDOS
Lic.________________________
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