RESOLUCION DE APELACION CONTRA AUTO DE SUJECION A PROCESO INTERPUESTA POR EL MINISTERIO PUBLICO CONFIRMÁNDOLO
VISTO en apelación el auto de sujeción a proceso dictado por el C. Juez de lo Penal de esta Ciudad, en el proceso número _________ instruido en contra de la Sra. _________________________ por los delitos de lesiones, injurias y robo, que se dicen cometidos en agravio de la Sra. __________________________.
1. De las constancias remitidas por el Aquo para la substanciación de la alzada, aparece que el C. Juez de lo Penal de esta Ciudad, al resolver el término Constitucional de las _________ horas en el proceso a que alude en el encabezado de esta resolución, decretó la sujeción a proceso de la Sra. _______________________, como presunta responsable del delito de lesiones simples inferidas a la Sra. _______________________, decretando igualmente, la libertad con las reservas legales de la propia inculpada por estimar no haberse comprobado dentro del Término Constitucional el cuerpo de los delitos __________ por los que también fue consignada la Sra. _____________________. Inconforme el Agente del Ministerio Público con la soltura en cuestión, interpuso el recurso de apelación que le fue admitido en el efecto devolutivo y recibidas por el Supremo Tribunal de Justicia, las constancias necesarias para la substanciación del recurso correspondió a esta segunda sala su tramitación y ante la misma oportunamente compareció el C. Procurador General de Justicia expresando agravios, por lo que se refiere a la libertad con reservas legales de la inculpada en el delito de _______________, desistiéndose por lo que vela al delito de __________ y en síntesis hace consistir los agravios en lo siguiente: Causa agravios la proposición segunda y por lo que ve exclusivamente al delito de _____________ del auto dictado con fecha ___________________________, por el C. Juez de lo Penal y se viola lo dispuesto en los Artículos ________ Constitucional ____________, del Enjuiciamiento Penal ya que con la declaración de la ofendida la propia confesión de la acusada lo manifestado por la Sra. _______________________, y la Sra. _________________________ se comprueba el cuerpo del delito de _________ así como la presunta responsabilidad del acusado por lo que debe de revocarse la proposición recurrida por lo que ve a este delito y decretar la formal prisión.
2. La sala, después de estudiar con detenimiento las pruebas recabadas por el Aquo durante el Término Constitucional y que se consignan en las copias certificadas que se tienen a la vista, llega a la conclusión, de que, efectivamente como lo apreció el Aquo en el considerando del auto que se revisa, con las probanzas mencionadas no puede tenerse por acreditada la existencia del cuerpo del delito de _________ de que se quejó la Sra. _____________________ y por ende tampoco justifican la presunta responsabilidad que en la comisión de ese ilícito se atribuye a la Sra. _____________________, pues no es exactamente cierto que la confusión de la acusada y lo manifestado por la Sra. ______________________, y la Sra. _______________________, constituyen datos, suficientes que acreditan el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad, porque en ningún momento la inculpada admitió haberse apoderado de __________________, a que la ofendida se refiere y en cuanto al dicho de las testigos ______________________________, esta correctamente analizado por el señor Juez, al estimar que habiendo manifestado por la Sra. ______________________ no saber como sucedieron los hechos y la Sra. ___________________________, haber visto solamente a la ofendida con el brazo herido, pero sin cerciorarse de otra cosa, tales testimonios no pueden constituir en forma alguna, datos bastantes, como lo pretende el C. Procurador para acreditar la existencia del cuerpo del delito y la presunta responsabilidad de la Sra. _______________________ en el supuesto delito de robo y por consiguiente no se encuentran satisfechos los requisitos que para fundamentar un auto de formal prisión exigen los Artículos Constitucionales y ________________, del Enjuiciamiento Penal por cuya razón deberá confirmarse el auto apelado por lo que ve a la soltura decretada en favor de la repetida señora _________________________ y que motivó la inconformidad de la Representación Social y a que se refieren los agravios del Jefe de esa H. Institución.
3. Por lo expuesto y con apoyo además en los Artículos _____________ y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Penales se:
PRIMERO. Se confirma en sus términos y por sus propios y legales fundamentos a la libertad que con reservas legales, decretó el C. Juez de lo Penal de esta Ciudad en favor de la Sra. ________________________, dentro del proceso a que alude el encabezado de esta resolución por lo que se refiere a los delitos de injurias y robo, a virtud de que por lo que se refiere al primero de esos delitos, el C. Procurador General de Justicia se desistió expresamente de la apelación interpuesta por el Ministerio Público y porque en relación con la inconformidad de esa Representación con la soltura por el segundo de los ilícitos, resultó infundada.
SEGUNDO. Notifíquese; remítase copia autorizada de la presente resolución al C. Juez Aquo para su conocimiento y efectos legales y en su oportunidad archívese el toca.
Así, por unanimidad lo resolvió la Sala del Supremo Tribunal de Justicia integrada con los Magistrados _______________________________ vacaciones del Magistrado _____________________, siendo ponente el primero de los citados.
__________, __________ a __________ de ___________
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