ORIGEN JUZGADO ________ DE LO FAMILIAR
DE MÉXICO, D. F.
EXPEDIENTE NÚMERO ______
RELATIVO AL JUICIO SUCESORIO
INTESTAMENTARIO A BIENES DE
_________________________
Asunto: Se interpone el Recurso de
Apelación en contra del auto de fecha
15 de noviembre de ___.
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL
_________________________, por mi propio derecho, con la personalidad de Cónyuge Supérstite que tengo reconocida en los autos del Juicio Sucesorio Intestamentario anotado al rubro, ante ese H. Supremo Tribunal de Justicia, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que con fundamento en los artículos 693, 697 y demás aplicables del Código de Procedimientos Civiles, vengo a interponer el en contra del auto del quince de noviembre de ______________________, publicado en el boletín Judicial del día siguiente, recaído a mi escrito de solicitud de ponerme en posesión y administración de los inmuebles pertenecientes a la sociedad conyugal que tuve formada con el autor de la herencia, y a expresar los agravios que dicha resolución me causa.
'Agravio único'
Fuente del agravio. Auto recaído a mi escrito de solicitud de posesión y administración de los bienes de la sociedad conyugal, publicado en el boletín judicial del dieciséis de noviembre de ______________________, en la parte relativa que a la letra dice: ... Se acuerda la promoción conforme a los Juicios Sumarios se niega la puesta en posesión inmediata de los inmuebles, a _________________________, como lo solicita y se ordena la acumulación de su solicitud al Juicio Sucesorio Intestamentario.
Preceptos violados: el artículo 1704, del Código Civil y el artículo 832 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
Concepto del Agravio. De la simple lectura de los preceptos que he señalado como violados por el auto que se apela, resulta evidente el derecho del cónyuge supérstite para tener la posesión y administración de los bienes pertenecientes a la sociedad conyugal. Como consta en los autos, a fojas 234 frente y vuelta, 235 frente, acredité en forma fehaciente mi calidad de Cónyuge Supérstite del autor de la herencia, personalidad que me fue reconocida en el auto de reconocimiento de herederos de fecha 16 de mayo de ______________________. No obstante lo manifestado el albacea, José Carlos Menchaca Puga sin justificación alguna se negó a darme la posesión y administración de los bienes pertenecientes a la sociedad conyugal, motivo por el cual lo requerí judicialmente para que lo hiciera, promoción a la cual recayó el auto que ahora se apela y en el cual, también sin motivación ni argumento legal alguno se me niegan la posesión y administración de los bienes, que la ley expresamente me concede.
Tengo el derecho de interponer el Recurso de Apelación, como lo establece el artículo 689 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, ya que el desechamiento o no-admisión de la solicitud de la posesión y administración de inmuebles, constituye una negación, sin fundamento legal, de mis derechos, dejando a esta parte apelante despojada de sus prerrogativas, sin ningún fundamento legal. Por tanto, el agravio deberá repararse para el efecto de que se otorgue la posesión y administración de los inmuebles pertenecientes a la sociedad conyugal, en la forma prevista por el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Por lo expuesto, a ustedes H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, atentamente pido se sirva:
Primero. Tener por formulado el agravio que se hace valer.
Segundo. Con la copia simple exhibida correr traslado a la contraria para que formule su contestación a los agravios.
Tercero. En su oportunidad revocar el auto impugnado para que se permita la posesión y administración, conforme al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles.
Protesto lo necesario
México, Distrito Federal, a diecinueve de noviembre de dos mil.
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