Características del servicio

Demanda De Amparo Indirecto Burocratico Contra Laudo Interlocutorio Ii

DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO BUROCRÁTICO CONTRA LAUDO INTERLOCUTORIO II

 

AMPARO INDIRECTO LABORAL

 

C. JUEZ DEL ________________

DISTRITO PRESENTE

 

____________________________, por mi propio derecho, y señalando domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en____________________________, autorizando en términos del artículo 27 de la ley de amparo a la Lic.__________________________, con cédula profesional numero _____________ debidamente registrado en el libro de registros de este Juzgado de igual forma; autorizo para oír y recibir notificaciones e imponerse del estado de las actuaciones del juicio de amparo a los LlCS._______________________ y/o _______________________, en forma conjunta o indistintamente; ante Usted, respetuosamente comparezco a exponer:

 

Que mediante el presente escrito y en términos del artículo 4 de la Ley de Amparo, vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, a favor de la suscrita____________________, en mi carácter de actora dentro del expediente Laboral número ___________ de los que se siguen ante la Sala Laboral-Burocrática del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de_____________, en contra de los actos de las Autoridades que mas adelante señalare como responsables de los mismos, por lo que al efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral 116 de la ley de Amparo manifiesto:

 

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Lo es la suscrita ________________________, en su carácter de actora en el expediente número ____________ de la Sala Laboral Burocrática del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de_______________, así como domicilio el que ha quedado precisado en el proemio de este ocurso.

 

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: Lo es el H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de__________________, con domicilio bien conocido por la función publica que desempeña (palacio municipal) en el Municipio de_________________.

 

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: Como ordenadora señalo a la C. ___________________ de la sala Laboral Burocrática del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de ___________________________; autoridad con domicilio bien conocido por la función pública que desempeña cito en ______________________________________.

 

IV.- ACTO RECLAMADO: De la autoridad señalada anteriormente, la Sentencia Interlocutoria dictada dentro del incidente de nulidad de notificaciones de fecha ___________________________________ y notificada a la suscrita el día ______________________________.

 

V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS: Los artículos 14, 16 Y 17 de la Constitución General de la Republica, respecto de mis garantías individuales de Seguridad Jurídica contenidas en dichos preceptos, así como el artículo 141 de la Ley Federal de los trabajadores al servicio del Estado reglamentaria del apartado B del articulo 123 Constitucional y 735 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los hechos y abstenciones que me constan y que constituyen los antecedentes del acto reclamado y fundamentos de violación son los siguientes:

 

ANTECEDENTES

 

Que por escrito de fecha ______________________________ y recepcionado en la oficialia de partes el_______________________, entable demanda laboral por despido injustificado en contra del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de ______________________ y quien o quienes resulten ser responsables de la relación laboral, ante la Sala Laboral-Burocrática del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado de____________, con fecha ______________________ de la misma anualidad se dicto auto de radicación, ordenándose formar expediente bajo el numero___________, señalándose las nueve horas con treinta minutos del día __________________ para que tuviera verificativo la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, con los apercibimientos de ley, ordenándose emplazar a los demandados el H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de ______________________ y quien o quienes resulten responsables de la relación laboral; por lo que con ______________________ el diligenciario adscrito a esta autoridad Laboral se constituyo en el domicilio de la parte demandada para llevar a cabo el emplazamiento y no encontrando al representante legal de dicho Ayuntamiento dejo citatorio para el día _________________________, fecha en que se llevo a cabo el emplazamiento.

 

El día ____________________________, siendo las _________horas se llevo a cabo la audiencia de conciliación, y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, a la cual compareció la suscrita sin la asistencia de la parte demanda, ni de persona alguna que legalmente la represente no obstante encontrase debidamente notificada y emplazada a juicio, motivo por el cual se declaro fracasada la etapa de conciliación, pasándose a la etapa de demanda y excepciones, en la que únicamente comparecieron los CC.________________, _________________________; quienes se ostentaron como Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de _____________________ y Sindico Municipal respectivamente sin que justificaran su personalidad con documento alguno, por lo que la suscrita formulo INCIDENTE DE FALTA DE PERSONALIDAD, el cual se le dio el tramite correspondiente declarándose procedente, por lo que se les reconoció personalidad, teniéndose por Contestada la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho a ofrecer pruebas pasando a la siguiente etapa de ofrecimiento y admisión de de pruebas, ofreciendo por parte de la suscrita la Instrumental Publica de Actuaciones y la PRESUNCIONAL legal y Humana, en ese mismo acto me desistí a mi entero perjuicio de formular alegatos en el presente juicio, solicitando se turnara el presente expediente para dictar laudo correspondiente.

 

Por acuerdo de fecha _____________________se le reconoció personalidad a la C. _______________________________ en su carácter de sindico Municipal del Ayuntamiento de_______________________.

 

El día _______________________ se dicto el laudo correspondiente dentro del presente conflicto laboral, condenando al H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de _____________________ a pagar a la suscrita las prestaciones consistentes en INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL, AGUINALDO, VACACIONES, PRIMA VACACIONAL, SALARIOS CAÍDOS, DÍAS DE DESCANSO SEMANAL Y PRIMA ADICIONAL,' ordenándose notificar

personalmente a las partes, mismo laudo que el diligenciario adscrito a esa H. Sala Laboral notifico a la suscrita el día _________________________ y por cuanto hace a la parte demandada el día __________________________ el diligenciario dejo citatorio de espera para el siguiente día por no haber encontrado al representante del H. Ayuntamiento de_______________, por lo que al día siguiente se constituyo nuevamente en las oficinas del palacio municipal del referido Ayuntamiento y no encontrando al representante legal procedió a notificarle el laudo correspondiente al C. ______________________

en su carácter del Secretario del Ayuntamiento de _______________________.

 

El día_____________________________, se recibió en la oficialia de partes de la H. Sala Laboral-Burocrática un escrito signado por la C.________________________________, Sindico Municipal de____________, solicitando copia certificada de todo lo actuado dentro del expediente________, mismo al que recayó el acuerdo de fecha_____________________, en el cual se ordeno expedirle copia certificada de todo lo actuado.

 

Posteriormente con fecha ____________________________ la C. _________________________ promovió INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIÓN, respecto del citatorio de fecha _________________ y la notificación de fecha___________________, ambos del año próximo pasado, respecto del laudo de fecha__________________________, dictado dentro del expediente________________, mismo que se admitió a tramite, por acuerdo de fecha__________________________, señalándose las __________________ del día ____________________ para que tuviera verificativo la audiencia de desahogo de pruebas, alegatos y resolución, desahogándose la audiencia incidental el día señalada; y con fecha ____________________ se dicto la resolución interlocutoria respecto del INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACIÓN, declarando procedente dicho incidente y ordenando realizar la notificación del laudo demérito, dicha resolución se me notifico el día_____________________________.

 

CONCEPTOS DE VIOLACIÓN

 

PRIMERO: Me causa agravio irreparable a la suscrita la sentencia interlocutoria dictada por la C. ________________ de la Sala Laboral Burocrática del Poder Judicial del Estado de_____________, que decide el incidente de nulidad de notificaciones en virtud de que dicha resolución no se ajusta a las exigencias consignadas por los artículos 14, 16 Y 17 constitucionales que establecen textualmente:

 

ART.14.- ... 'Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y con forme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho'...

ART. 16.- ...'Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.'...

 

ART. 17.- ...' Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta completa e imparcial. . . '.

 

Pues de las actuaciones que integran el expediente laboral numero ___________ que se tramita ante la Sala Laboral Burocrática del Poder Judicial del Estado de__________, no se encuentra acreditados los extremos necesarios para declarar procedente el incidente de nulidad de notificaciones planteado por la representante legal de H. Ayuntamiento constitucional del Municipio de _____________________, pues en primer termino me causa irreparable la sentencia de la que me quejo, en su segundo considerando al establecer lo siguiente: SEGUNDO.- Entrando al análisis del INCIDENTE DE NULIDAD QUE NOS ocupa a fin de determinar la procedencia o improcedencia del mismo se procede en primer término a determinar si dicho incidente fue promovido en tiempo y forma legal. Al respecto tenemos que, del contenido y estudio de las actuaciones que integran el presente expediente, se desprende que el actor incidentista manifiesta concretamente que tuvo conocimiento de la notificación que combate por lo que es de considerarse y al no haber prueba en contrario que desvirtué lo manifestado por la actora incidentista se tiene conocimiento de dicha notificación el día ______________________________

por lo que en consecuencia se tiene que dicho incidente fue promovido dentro del términos que establecen el artículo 141 de la Ley Federal de los trabajadores al servicio del Estado reglamentaria del apartado B del articulo 123 Constitucional y 735 de la Ley Federal del Trabajo; lo anterior es decir se encuentra tramitado en tiempo y forma legal teniendo aplicación a este criterio la siguiente tesis jurisprudencial bajo el rubro: NULIDAD; INCIDENTE DE, EN EL JUICIO LABORAL PARA INTERPONERLO , octava época, instancia Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente Semanario Judicial de la Federación, Tomo XI, mayo de 1993, pagina 362, por lo que al estar promovido el incidente de NULIDAD DE NOTIFICACIONES en tiempo y forma legal. Se procede a entrar al estudio de fondo de la incidencia planteada. . .'

 

De lo anterior se advierte que la responsable no funda ni motiva tal manifestación como esta obligada constitucionalmente a hacerlo, ya que en todo momento deja de estudiar el expediente de merito o para hacer la declaración de procedencia que nulidad de notificaciones que plantea la actora incidentista por que si bien es cierto que el articulo 141 de la Ley Federal de los trabajadores al servicio del Estado reglamentaria del apartado B del articulo 123 Constitucional

ARTICULO 141

Los incidentes que se susciten con motivo de la personalidad de las partes o de sus representantes de la competencia del Tribunal, del interés de tercero, de nulidad de actuaciones u otros motivos, serán resueltos de plano.

 

ARTICULO 735

Cuando la realización o práctica de algún acto procesal o ejercicio de un derecho, no tenga fijado un término este será de tres días hábiles.

 

Y que a su vez se robustece con el siguiente criterio jurisprudencial:

 

NULIDAD; INCIDENTE DE, EN EL JUICIO LABORAL. TERMINO PARA INTERPONERLO. De la lectura del capítulo IX del título catorce de la Ley Federal del Trabajo, se concluye que en el mismo no se establece un término para promover los incidentes contenidos en dicho capítulo; de ahí que sea aplicable lo dispuesto por el artículo 735 del propio ordenamiento. En este sentido, debe estimarse que el término para promover el incidente de nulidad, es el de tres días hábiles, pero lógicamente, tal término empieza a correr a partir del momento en que el afectado tiene conocimiento de la notificación que estima ilegal y no del en que se practicó ésta, pues precisamente la materia del mismo será lo relativo a la legalidad o ilegalidad de esa diligencia, y pensarlo en forma contraria provocaría que en la mayoría de los casos el multicitado incidente resultara extemporáneo.

 

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

 

Amparo directo 103/93. Alicia Serrano Jiménez. 18 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera.

 

Amparo en revisión 201/88. Textiles K.N., S. A. de C. V. 8 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: José de Jesús Echegaray Cabrera.

 

Muy a pesar de lo anterior la responsable deja de tomar en consideración

que la propia actora incidentista por escrito presentado el ___________________ solicito copia certificada de todo lo actuado dentro del expediente laboral del cual emana el acto reclamado ( y que del cual se desprende que desde esta fecha ya tenia conocimiento la actora incidentista de la notificación del laudo cuya nulidad pide pues además cabe mencionar que anteriormente con fecha ________________________________de igual forma solicito copia certificada de todo lo actuado escrito que por su presentación es demasiado anticipado a la demanda incidental (presentada por ella misma el_________________________, y además como consecuencia de su pedimento recayó acuerdo con fecha______________________, por parte de la ______________ responsable, y que el mismo acuerdo fue notificado por el Diligenciario de la Sala Laboral Burocrática del Poder Judicial del Estado de _________________ el día________________________, y que como consecuencia de todo lo anterior se purga de los vicios de formalidad de la notificación del laudo cuya nulidad pidió, y que dada la naturaleza de la notificación que por disposición de ley no era carácter personal, dicha notificación se realizo por estrados surtiendo la misma todos lo efectos legales es decir, esta ultima notificación de igual forma ha surtido todos sus efectos legales para las partes, siendo estas actuaciones, mas que una prueba fehaciente de que la C. Representante Legal del H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de __________________________, tenia conocimiento anticipado de la notificación del laudo cuya nulidad pidió, dado que después de la notificación del laudo cuya nulidad se declaro en el acto reclamado la, C. Representante legal del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de____________________, como lo he manifestado anteriormente y según constancias que obran en el expediente de merito, compareció a juicio provocando con todo ello la convalidación de la notificación del laudo que se le realizo, y que según le fue realizada ilegalmente, por lo en base a lo anterior resulta inconcuso que no debió declararse la nulidad mediante sentencia interlocutoria que decido el incidente de nulidad planteado dentro del expediente laboral___________.

 

Resultando de todo lo anterior que la responsable por ninguna razón lógico jurídica debió declarar nula la notificación del laudo de fecha ___________________, porque de seguir sosteniendo que efectivamente el incidente de nulidad planteado del que deriva el acto reclamado del que me quejo fue promovido en tiempo y forma, seria una grave violación a mis garantías individuales y cabria preguntarse en el presente asunto que se plantea ¿QUE CASO TIENE, QUE EN CONSTANCIAS DE AUTOS SE DESPRENDA QUE LA ACTORA INCIDENTISTA ESTA PENDIENTE DEL CURSO DEL JUICIO AL PROMOVER EN EL MISMO, Y QUE HA SURTIDO TODOS LOS EFECTOS LEGALES EN SUS ETAPAS, SI EN UN MOMENTO DETERMINADO CON DECIR QUE DESCONOClA DETERMINADA ACTUACIÓN, Y ESTA SIMPLE MANIFESTACIÓN SEA SUFICIENTE PARA QUE LA RESPONSABLE DECLARE LA PROCEDENCIA DE NULIDAD SIN LLEVAR ACABO LA DEBIDA MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN DE LA CITADA DECLARACIÓN DE NULIDAD?, por lo que en consecuencia lo procedente es que esta Autoridad Federal me conceda el Amparo y Protección de la Justicia Federal para el efecto de que la responsable deje insubsistente el acto reclamado y emita otro que declare improcedente el incidente de nulidad planteado por la C. Representante Legal de H. Ayuntamiento del Municipio de__________________________, por haberlo tramitado extemporáneamente dadas las constancias que obran en autos y que por si fuera poco las mismas provienen de la propia actora incidental, con llevado a la convalidación de la notificación cuya nulidad pidió.

SEGUNDO: Me sigue causando agravio el segundo considerando de la resolución interlocutoria que se combate toda vez sin fundar ni motivar la causa legal del procedimiento declara que resultan fundados los argumentos de la actora incidental como continuación se transcribe:Por lo que de análisis de las actuaciones se determina que resultan fundados los argumentos esgrimidos por el actor incidentista en virtud de que la notificación que combate debe hacer de manera personal y con apego a los preceptos legales contenidos en los ordenamientos aplicables para tal efecto; y toda vez que, como se desprende de actuaciones, la notificación que se combate fue realizada en términos de ley y conforme a derecho, se tiene que fue previo citatorio entendido con el secretario de dicho ayuntamiento empero del contenido de dicho citatorio no se desprende que el Diligenciario adscrito a esta Sala Laboral Burocrática haya preguntado por el representante legal de dicho ayuntamiento y mucho menos que exista razón alguna en la cual dicha persona con la que se entendió la diligencia manifieste que el representante legal de dicho ayuntamiento no se encontraba en ese momento, por lo que no existe razón legal alguna del actuar del diligenciario, es decir el por que se limito a dejar citatorio, sin tener los medios de convicción, suficientes que le llevarán a concluir que efectivamente no se encontraba dicho representante legal; por lo que es de concluirse que el C. Actuario no cumplió con los requisitos esenciales establecidos para la notificación de carácter personal ya que resulta ilógico, humana y legalmente, que el C. diligenciario haya dejado el citatorio haberse cerciorado tener los medios de convicción suficientes para determinarlo de tal manera en el sentido de que efectivamente el representante legal del citado ayuntamiento no se encontraba en ese momento considerándose así que, al no aparecer en el contenido del citatorio en estudio, el requerimiento de la presencia física del representante legal, se contravino a la previsto por el artículo 743 de la ley federal del trabajo toda vez que el citatorio se deja cuando en la primera búsqueda no se encuentra a la persona o representante legal por notificar. . . “

 

Por lo que resulta infundado el argumento de la responsable a! decir que el Diligenciario adscrito a la Sala no debió notificar al Representante legal de H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de________________, por no haber señalado domicilio en autos para recibir notificaciones, sin embargo de la lectura del anterior resulta legal el emplazamiento realizado al Representante Legal de H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio_________________, en su domicilio natural o sea el domicilio donde fue emplazado a juicio, por ser donde ejerce su actividad publica come representante de la entidad demandada, y que además por ser una entidad publica resulta ocioso que el Diligenciario adscrito a la Sala Laboral Burocrática se cerciorara en principio que era el domicilio correcto, así como de Igual forma resulta innecesario e intrascendente para la validez de la diligencia, que expresara los medios de convicción que tuvo para saber que no se encontraba presente en el domicilio el representante legal de entidad publica mencionada, por que por lógica sí se hubiera encontrado al representante del H. Ayuntamiento demandado en el lugar, se hubiera entendido con dicho Representante legal.

 

De igual forma me causa agravio el acto reclamado consistente en la resolución interlocutoria de la que me quejo al establecer la responsable que.

 

. . . por otra parte y por cuanto hace a la notificación SUBSECUENTE al citatorio antes mencionado a la notificación del __________________ correspondiente al laudo emitido por esta autoridad el día_________________, y del contenido de dicha notificación se desprende que no existe razón alguna por la cual se entienda dicha notificación con el C. _______________________

es decir de dicha notificación se desprende que el actuario nunca procedió a preguntar por el representante legal de dicho ayuntamiento sino que únicamente se limito a entender dicha notificación con el C. _______________, por otra parte y de dicha notificación se desprende que la notificación fue realizada en el domicilio señalado para oír y recibir notificaciones es decir en el palacio municipal y/o plaza principal sin embargo de actuaciones se desprende que la parte demandada no señalo domicilio para recibir notificaciones en su primera comparecencia por lo que se tiene que se debió haber notificado mediante los estrados de esta Sala Laboral Burocrática aunado a lo anterior, sin embargo del contenido del resolutivo sexto del laudo de fecha____________________, se ordeno se notificara personalmente a las partes, pero no se señala en que domicilio se debió haber notificado a la parte demandada dicho laudo por lo que es de concluirse que el C. Diligenciario al momento de realizar la notificación del laudo siendo esta de carácter personal no observo los lineamientos establecidos en los artículos 141 de la Ley Federal de los trabajadores al servicio del Estado reglamentaria del apartado B del articulo 123 Constitucional y 735 de la Ley Federal del Trabajo ya que la forma en que el lugar donde realizo dicha notificación es el palacio municipal como se establece se tiene que este no observo las formalidades esenciales establecidos en el artículo 735 de la Ley Federal del Trabajo ya que únicamente de dicha notificación la entabla directamente con dicho secretario del ayuntamiento mas sin embargo jamás y en ningún momento requiere de la presencia física de dicho representante legal, por todo lo anterior se concluye que dicha notificación carece de toda legalidad jurídica por lo que al efecto de no causar violación alguna de carácter procesal es de declararse y se declara procedente el incidente de nulidad que nos ocupa por la que se ordena continuar con el procedimiento, es decir actuario deberá notificar el mencionado laudo observando las formalidades establecidas en los artículos señalados para tal efecto . . '

 

De lo anterior cabe aclarar que erróneamente la responsable considera como elemento formal para la validez de la notificación de laudo que la misma antes de practicar la notificación a quien se encontrara en el domicilio indicado, el Diligenciario debió previamente cerciorarse de que no se encontraba el interesado situación que no sucedió en la diligencia de fecha_______________, en la cual se realizo la notificación del laudo misma que se practico directamente con la persona que lo atendió por no encontrarse el citado representante legal de Ayuntamiento demandado, sin embargo, cabe decir a que los argumentos vertidos por la responsable anteriormente transcritos se contraponen al criterio emitido por los mas altos Tribunales del País que continuación transcribo:

 

NOTIFICACIONES PERSONALES EN MATERIA LABORAL. CUANDO SE PRACTICAN CON PERSONA DISTINTA DEL INTERESADO POR NO ESTAR PRESENTE ESTE NI SU REPRESENTANTE A PESAR DEL CITATORIO QUE SE DEJO, EL ACTUARIO DEBE ASENTAR LOS ELEMENTOS QUE LO LLEVARON A LA CONVICCIÓN DE QUE AQUELLA VIVE, TRABAJA O ES DEL DOMICILIO, SIN ESTAR OBLIGADO A CERCIORARSE DE TALES EXTREMOS. Para que la notificación personal se haga en la forma que establece la fracción IV del artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, es necesario que previamente se hayan satisfecho los requisitos que establecen las fracciones I y III de ese precepto, es decir, que con anterioridad el actuario ya se haya constituido en la casa o local señalado; que ya se haya cerciorado de que la persona que deba ser notificada habita, trabaja o tiene su domicilio en esa localidad y que, no habiéndolo encontrado, le dejó citatorio con la persona del domicilio que lo atendió; a partir de ahí, siguiendo la regla procesal, si pese al citatorio no están presentes el interesado o su representante, el actuario hará la notificación por conducto de la persona que se encuentre en la casa o local y sea del domicilio, haciendo constar en el acta las circunstancias relativas como pueden ser, entre otras, el nombre de la persona que lo atendió, sus características personales, el puesto que desempeña, el carácter con que se ostentó, la razón de que esté en el domicilio, la relación que guarda con el interesado, pero sin que sobre tales datos se tenga que cerciorar, porque la obligación de asegurar la veracidad de la información que recibe no se establece en ninguna disposición en esta fase de la diligencia, independientemente de que ello retardaría y dificultaría las actuaciones de modo innecesario, puesto que el actuario ya hizo todo lo posible porque la notificación llegara al interesado que, inclusive, desacató el citatorio.

 

Octava Época:

 

Contradicción de tesis 9/94. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, y el Segundo y Tercer Tribunales Colegiados del Cuarto Circuito. 30 de mayo de 1994. Cinco votos.

 

NOTA:

Tesis 4a./J.26/94, Gaceta número 79, pág. 29; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo XIV-Julio, Primera Parte, pág. 201.

 

Por lo que del anterior criterio jurisprudencial se deduce que no es necesario para la Validez de la notificación personal que el notificador debió dejar constancia en autos de que requirió la presencia de representante legal del ayuntamiento demandado, pues la propia ley y el criterio jurisprudencial trascrito anteriormente no obligan en principio a cerciorarse en la diligencia de notificación, previo citatorio a cerciorarse del domicilio correcto mucho menos a indagar el nombre y carácter de la persona a quien se le notifica en caso de no encontrar al interesado, ni mucho' menos dejar constancia en autos del requerimiento que realiza el Diligenciario de la presencia del interesado, extremos en los cuales la responsable funda la procedencia de la declaración de nulidad de notificación en la resolución interlocutoria que como acto reclamado señalo dentro del presente juicio de garantías.

 

Por lo que en consecuencia de lo anterior manifestado considero que la resolución que señalo como acto reclamado resulta que no esta debidamente fundada ni motivada en los términos y condiciones que establece pues en nuestra Constitución General de la Republica, y en consecuencia solicito a su Señoría declare insubsistente el acto reclamado y ordene a la responsable dicte uno nuevo declarando improcedente el incidente nulidad de notificación planteado por la C. _________________________ en su carácter de Sindico del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de __________________, por todo lo anterior es menester de esta autoridad concederme el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL Y para el caso de que mis agravios resulten de insuficientes opere la supletoriedad de la queja tal y como lo estipula la ley de amparo en vigor.

 

D E R E C H O.

En merito de lo expuesto y con fundamento en los artículos 103, 107 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos; 1 fracción I, 4, 5, 27, 114, 116, 120 Y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo.

 

A Usted Ciudadano Juez de Distrito en el Estado, atentamente solicito:

PRIMERO. Tenerme por presentado con este escrito de demanda de amparo, en los términos que lo hago valer.

SEGUNDO. Se conceda la suspensión provisional y definitiva de los actos reclamados.

 

TERCERO. Previo el ocurso de ley, conceder el amparo solicitado.

 

PROTESTO CONFORME A DERECHO

 

En la Ciudad de México, Distrito Federal a ___de _________de_______.

 

(FIRMA DEL QUE SUSCRIBE)

 

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