Características del servicio

Contrato De Arrendamiento 4

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

 

Localidad Núm….

Casa Núm.... de la calle….

 

Contrato de Arrendamiento de. .......………………………..........

…………………………………………………………………....

que celebran, como Arrendador ...........................……………….

y, como Inquilino ......................................………………………

y que se regirá por las condiciones siguientes.

 

CLAUSULAS:

 

I. El inquilino pagará la renta mensual de .................. en moneda del cuño corriente mexicano y por mensualidades adelantadas que comenzará a correr desde la fecha de este contrato.

El pago de la renta convenida lo hará el inquilino en el domicilio del arrendador, sito en...sin necesidad de cobro de la misma.

 

II. El término del arrendamiento será .....................

 

III. Si, al terminar el plazo fijado en la cláusula anterior, continúa el inquilino ocupando la localidad, a partir de entonces la duración del arrendamiento será voluntaria, y por lo tanto, cualquiera de los contratantes lo puede dar por concluido a su arbitrio. Cuando el arrendador lo de por terminado notificará al inquilino que desocupe dentro de un plazo de... días a contar a la fecha en que se le haga la notificación; en cuyo caso no pagará el inquilino sino lo que esté debiendo al desocupar, lo que deberá hacer dentro del plazo señalado, para cuyo efecto renuncia al de dos meses que concede el artículo 2,478 del Código Civil. Si el inquilino es quien decide desocupar la localidad, lo notificará al arrendador por escrito con... días de anticipación que comenzarán a contarse a partir de la fecha en que el arrendador reciba dicha notificación, quedando éste facultado para anunciar desde luego el alquiler de la localidad y ponerle cédulas.

 

IV. Toda mensualidad será pagada íntegra, aun cuando el inquilino sólo ocupe la localidad parte del mes.

 

V. Aunque el arrendador reciba las rentas en fecha distinta de la estipulada, o admita abonos por cuenta de las mismas, no se entenderá novado este contrato, ni en cuanto a los términos, ni en cuanto a la forma de pago.

 

VI. La localidad se destinará exclusivamente para ............ y si el inquilino hace uso distinto de ella, esto será motivo suficiente para obligarlo a que la desocupe, aun cuando todavía esté corriendo el plazo fijado en la cláusula II de este contrato.

 

VII. No podrá el inquilino, sin el consentimiento del arrendador dado por escrito, ceder o subarrendar la localidad o parte de la misma.

 

VIII. Tampoco podrá el inquilino, sin consentimiento del arrendador dado por escrito, hacer obras en la localidad, y todas las que hiciere, sean de la clase que fueren, quedarán a beneficio de la finca. De una manera expresa queda convenido que se reputarán como obras de las que deben quedara beneficio de la casa, las instalaciones que el inquilino hiciere para el alumbrado y calefacción eléctricas. En caso de que el inquilino falte al cumplimiento de esta cláusula, será responsable de los daños y perjuicios que se causen y deberá devolver la localidad en el estado en que la haya recibido.

 

IX. No podrá el inquilino retener la renta en ningún caso, ni bajo ningún título, ni judicial ni extrajudicialmente, ni por falta de composturas o reparaciones que el arrendador dejase de hacer, sino que pagará íntegramente la renta en la fecha estipulada, para cuyo efecto renuncia los beneficios que le conceden los artículos 2,412, 2,413, 2,414 y 2,490 del Código Civil.

 

X. El inquilino recibe la localidad aseada, con sus pisos en buen estado, las puertas y las vidrieras con su herraje, y todo lo demás de acuerdo con el inventario que aparece al final de este contrato; todo lo cual devolverá al terminarse el arrendamiento, con el deterioro natural del uso, siendo por su cuenta los gastos de reparación, y se obliga a indemnizar al arrendador de cualquier deterioro posterior que apareciere en la localidad arrendada causado por su culpa o negligencia. El inquilino conservará aseados y al corriente los fregaderos, caños y excusados de la localidad, y todas las composturas que requieran durante el tiempo que la ocupe será de su exclusiva cuenta.

 

XI. Si el inquilino estableciere en la localidad alguno de los negocios enumerados en el artículo 137 de la Ley de Hacienda vigente, quedará obligado a hacer su instalación directa de agua potable y pagará por su cuenta la cuota correspondiente, ya que la ley sólo obliga al arrendador a proporcionar el referido líquido para usos domésticos.

 

XII. Si en la casa a que pertenece la localidad objeto de este contrato, hay otros arrendatarios, no podrá hacer el inquilino uso de los patios, corredores, escaleras y azoteas si no es únicamente para tránsito o para el servicio indispensable de la localidad arrendada, y en este caso, se le prohibe expresamente tener animales que molesten o perjudiquen a los demás inquilinos y maltraten la finca.

 

XIII. Este contrato se extiende por cuadruplicado y, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 123 del Reglamento de la Ley General del Timbre, las matrices de las estampillas correspondientes se adhieren al ejemplar principal y los talones al duplicado.

 

Las partes contratantes, perfectamente enteradas del contenido y alcance de todas y cada una de las cláusulas que anteceden, firman el presente contrato y son conformes en que en su fecha comience a regir.

 

INVENTARIO:

 

Vidrios…….. Cerraduras………..

 

Llaves.…….. Picaportes.………...

 

Instalación completa para alumbrado eléctrico, compuesta de alambre, sockets, apagadores, etc., para... lámparas. Instalación de baño compuesta de...

 

México, D.F., a... de.... de 19....

 

Inquilino Arrendador

 

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